Acuerdo N° 02. Por medio de la cual se modifica el acuerdo no. 46 del 01 de diciembre de 2022, en la cual se presenta el presupuesto de rentas y gastos del municipio de boquete, para el año fiscal dos mil veintitrés (2023), a partir del primero (01) de enero hasta el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil veintitrés (2023).

Fecha de publicación09 Febrero 2023
Fecha13 Enero 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE BOQUETE / CHIRIQUÍ
No. 29719 Gaceta Oficial Digital, jueves 09 de febrero de 2023 1
........
\l~\CIP~
~
.()~
\
..
i'
B t \
CONCEJO
MUNICIPAL
DE
BOQUETE
~
~
· ;
~
1
PROVINCIA
DE
CHIRIQUÍ, REPÚBLICA
DE
PANAMÁ u
~
¡
~
TELEFAX
728-3736
~
~/c4
of.~~
ACUERDO 02
~~~~
--
/
Del 13 de enero
de
2023
POR MEDIO
DE
LA
CUAL
SE
MODIFICA EL ACUERDO
46
DEL
01
DE
DICIEMBRE
DE
2022,
EN LA CUAL
SE
PRESENTA EL PRESUPUESTO
DE
RENTAS Y GASTOS DEL MUNICIPIO
DE
BOQUETE, PARA EL AÑO FISCAL
DOS
MIL VEINTITRES
(2023),
A PARTIR DEL PRIMERO
(01)
DE
ENERO
HASTA EL TREINTA Y UNO
(31)
DE DICIEMBRE DE
DOS
MIL
VEINTITRES
(2023).
El
Concejo
Municipal
Del
Distrito
De
Boquete,
en
uso
de
sus
facultades
legales
que
le confiere
la
Ley;
CONSIDERADO:
Que
se
hace
necesario
Modificar
el
Acuerdo
46,
por
medio
del
cual
se
aprueba
el
Presupuesto
de
Rentas
y
gastos
del
Municipio
de
Boquete
para
el
año
fiscal
2023
,
aprobado
el
pasado
O 1
de
Diciembre
de
2022
y
publicado
en
la
Gaceta
Oficial
29692
-A
únicamente
en
el Articulo
6.
Que
es
competencia
del
Concejo
Municipal,
según
el
Articulo diecisiete (17),
numeral
dos
(2)
de
la
Ley
Número
ciento
seis
(106),
evaluar,
estudiar
y
aprobar
el
Presupuesto
de
Rentas
y
Gastos
Municipales
,
para
el ejercicio fiscal
elaborado
por
el
señor
Alcalde
con
la
colaboración
del
Ministerio
de
Economía
y
Finanzas.
ACUERDA:
PRIMERO: Modificar
el
Articulo 6 (Capítulo
JI)
que
aprueba
el
Presupuesto
de
Rentas
Y
gastos
para
el Municipio
de
Boquete
para
la
vigencia
Fiscal
dos
mil
veintitrés
(2023),
comprendido
entre
el 01
de
Enero
hasta
el
31
de
Diciembre
de
dos
mil
veintitrés
(2023),
que
DICE ASI:
ARTÍCULO
6:
El
Presupuesto
de
las
Juntas
Comunales
será
depositado
a
cada
Junta
Comunal
en
sus
respectivas
cuentas
y
será
responsabilidad
de
cada
Honorable
Representante
su
administración
,
los
depósitos
se
realizarán
en
dos
partidas
( 2
),
el
primer
deposito
por
B/.
25,000.00
(veinticinco mil
balboas
con
00/
100
se
realizará
la
primera
semana
de
Enero
de
2023,
el
segundo
depósito
por
el
monto
de
B/.
25,000.00
(veinticinco
mil
balboas
con
00/
100)
se
realizará
en
Junio
de
2023.
QUEDANDO ASÍ:
ARTÍCULO
6:
El
Presupuesto
de
cuatro
(4)
Juntas
Comunales
del
Distrito
de
Boquete
(Junta
Comunal
Palmira,
Junta
Comunal
Alto
Boquete,
Junta
Comunal
Jaramillo
y
Junta
Comunal
Caldera)
será
depositado
cada
Junta
Comunal
en
sus
respectivas
cuentas
y
será
responsabilidad
de
cada
Honorable
Representante
su
administración,
los
depósitos
se
realizarán
en
dos
partidas
( 2
),
el
primer
deposito
por
B/
.
25,000.00
(veinticinco
mil
balboas
con
00/
100
se
realizará
la
primera
semana
de
Enero
de
2023,
el
segundo
depósito
por
el
monto
de
B/.
25,000.00
(veinticinco
mil
balboas
con
00/
100)
se
realizará
en
Junio
de
2023.
La
Junta
Comunal
de
Los
Naranjos
y
la
Junta
Comunal
de
Bajo
Boquete
seguirán
con
sus
partidas
presupuestarias
para
el
pago
de
funcionamiento
de
sus
respectivas
Juntas
Comunales
dentro
de
la
estructura
administrativa
del
Presupuesto
Municipal.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR