Acuerdo N° 03-24. Que aprueba el contrato de términos y condiciones que suscribe la concesionaria del servicio de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos (basura) en el distrito de capira con el usuario del servicio, conforme lo establecido en la naturaleza del servicio y los acuerdos que regulan la materia.

Fecha de publicación16 Febrero 2024
Fecha01 Febrero 2024
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE CAPIRA / PANAMÁ
No. 29970 Gaceta Oficial Digital, viernes 16 de febrero de 2024 1
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Correo:concejocapira@gmail.com
Telefax: 346-0834
ACUERDO
03-24
(De
01
de
Febrero
de
2024)
" Que aprueba el contrato de términos y condiciones que suscribe la
Concesionaria
del
Servicio
de
Recolección,
Transporte
y
Disposición
Final
de
Desechos
Sólidos
(Basura)
en el distrito de Capira con el usuario del servicio, conforme lo establecido en la naturaleza
del servicio y los acuerdos que regulan
la
materia".
CONSIDERANDO:
Que
el
contrato
001
de
27
de
diciembre
de
2023; establece en el
Cláusula
6.
OBLIGACIONES DEL MUNICIPIO
DE
CAPIRA, específicamente en el
numeral
13. EL
MUNICIPIO, una
vez
se firma este Contrato, procederá a aprobar mediante Acuerdo
Municipal el marco de referencia del Contrato de Términos y Condiciones que suscribirá
LA
CONCESIONARIA
del Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos
Sólidos (Basura) en el Municipio de Capira con el usuario del servicio, conforme lo establecido
en la naturaleza del servicio y los acuerdos que regulen
la
materia. Por tanto;
EL
HONORABLE
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO DE
CAPIRA
EN USO
DE
SUS
FACULTADES
LEGALES;
ACUERDA:
ARTICULO
1. Aprobar el contrato de Términos y condiciones que suscribe la Concesionaria
del Servicio
de
Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos Sólidos (Basura) en
el distrito de Capira con el usuario del servicio, conforme lo establecido en la naturaleza del
servicio y los acuerdos que regulan
la
materia".
ARTICULO
2.
El Contrato Modelo para
la
prestación de servicio de recolección de Desechos
Sólidos, quedará con la siguiente tenor:
CONTRATO
MODELO
PARA
LA
PRESTACION
DEL
SERVICIO DE
RECOLECCION
DE
DESECHOS
SOLIDOS
(BASURA)
TERMINOS Y
CONDICIONES
Términos y condiciones de cumplimiento del Contrato de Prestación del Servicio de
Recolección de Desechos Sólidos (Basura) pactado entre EL CLIENTE (usuario) y la
Capira:
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Correo:concejocapira@gmail.com
Telefax: 346-0834
Empresa ASEO CAPITAL, Sociedad inscrita conforme las Leyes dela República de Panamá,
inscrita
en
el
Registro Público a
la
Fincha 445318, Documento 563341, de
la
Sección de
Micropelículas (mercantil) del Registro Público, en adelante LA CONCESIONARIA:
PRIMERA: LA CONCESIONARIA se compromete a suministrar
el
servicio de recolección de
desechos sólidos (Basura) a EL CLIENTE (usuario) para
su
vivienda o local comercial e
industrial o institucional, así como
su
transporte y disposición final previo,
al
cumplimiento de
los requisitos exigidos por las normas aprobadas a LA CONCESIONARIA que regulan
el
servicio de Recolección de Basura por
el
Municipio de Capira.
SEGUNDA: EL CLIENTE (usuario) acepta
la
tabla tarifaria vigente aprobada por EL
MUNICIPIO DE CAPIRA, aceptando la tarifa aplicable
al
servicio solicitado en su domicilio,
local o institución;
EL
CLIENTE (usuario) se obliga a pagar puntualmente cada mes,
el
valor
de las cuentas facturadas por LA CONCESIONARIA y la tarifa que resulte de
la
facturación,
la
cual se fija conforme
al
acuerdo municipal
No
22-23 del
05
de diciembre de 2023. Tarifa
que será cancelada dentro de los cincos
(5)
primeros días de cada mes, sin recargo alguno.
TERCERA: LA CONCESIONARIA podrá cobrar recargos
en
concepto de intereses por cargos
en
mora pasados treinta (30) días o más de
la
fecha de emisión de
la
factura, sin que esta
haya sido pagada.
CUARTO: LA CONCESIONARIA suspenderá
el
servicio, sin previo aviso a EL CLIENTE
(usuario)
en
cualquiera delos siguientes casos:
a) Cuando EL CLIENTE mantenga
un
saldo moroso por más de noventa (90) días
calendarios después de
la
fecha de emisión de la facturación correspondiente.
b) EL CLIENTE: (usuario) que haga uso fraudulento o no autorizado del servicio de
recolección de basura.
En
este caso, LA CONCESIONARIA, podrá cobrar los meses
no pagados.
Para la prestación formalizada del servicio EL CLIENTE deberá:
a) Cancelar la morosidad adeudada por los meses no pagados, más
el
recargo
correspondiente.
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Correo:concejocapira@gmail.com
Telefax: 346-0834
b)
Suscribir COMPROMISO
DE
PAGO de no hacer los pagos
al
contado, a fin de que se
hagan los cargos respectivos
en
la
facturación correspondiente.
El
CLIENTE (usuario) se obliga a almacenar los desechos sólidos (basura) de conformidad
con los requisitos y normas de almacenamiento,
en
lugares seguros, los días y horarios que
LA CONCESIONARIA haya establecido
en
su
cronograma de recolección. LA
CONCESIONARIA no será responsable del mal almacenamiento y manejo que EL
CLIENTE(usuario) de los desechos (basura). Por tanto;
el
responderá ante las autoridades
correspondiente de cualquier falta administrativa que constituya
su
acción entendiéndose que
el
almacenamiento es responsabilidad del productor, quien queda obligado a garantizar y
facilitar
al
Recolector
la
recolección en condiciones de seguridad, higiene y comodidad.
QUINTA: Reclamaciones:
l.
EL CLIENTE (usuario) podrá presentar las reclamaciones personalmente, por escrito,
vía correo electrónico o cualquier otro medio que establezca LA CONCESIONARIA,
conforme
la
señala en el Acuerdo 17-22 de
17
de mayo de 2022.
2.
Las reclamaciones que EL CLIENTE (usuario) presente producto de cualquier
deficiencia, o cualquier otro aspectode
su
relación con LA CONSECIONARIA deberán
contestarse por escrito en
un
plazo no mayor de treinta (30) días calendarios, contados
a partir de la fecha en que se presentó
la
reclamación.
3.
En
caso del que EL CLIENTE (usuario) no quedaré satisfecho con
la
respuesta dada
por LA CONCESIONARIA,
oei
caso de que esta no respondiere
en
dicho plazo, EL
CLIENTE podrá solicitar la reconsideración ante LA EMPRESA. Esta reconsideración
deberá ser contestada
en
un
plazo no mayor de quince (15) días a partir de su
presentación.
4. EL CLIENTE (usuario) podrá recurrir ante EL MUNICIPIO,
en
última instancia, siempre
y cuando haya realizado ante LA CONCESIONARIA las reclamaciones antes descritas.
SEXTA: LA CONCESIONARIA deberá facturar oportunamente
al
CLIENTE (usuario)
cualquier ajuste que deba hacer
en
caso de que reconozca que ha habido fallas de facturación
o fallas
en
el
servicio imputables a LA CONCESIONARIA.
SEPTIMA: LA CONCESIONARIA, no responderá por las interrupciones del servicio por
razones de fuerza mayor ocaso fortuito o de circunstancias que salgan fuera de su voluntad.
Hecho que acarreara ninguna baja en las tarifas correspondientes, siempre que se reinicie
el
servicio cuando haya cesado el hecho que lo motivó.
En
este caso de que las interrupciones
del servicio sean imputables a LA CONCESIONARIA esta responderá y reconocerá,
Capíra:
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descontando los días no recogidos.
Correo:concejocapira@gmail.com
Telefax: 346-0834
OCTAVA:
EL
CLIENTE (usuario) acepta
la
exclusividad de la prestación del servicio de
recolección por parte de LA CONCESIONARIA, quedando obligado a respetar la misma.
Entendiéndose que de utilizar los servicios de recolectores ilegales, no quedará eximido del
pago de las facturaciones mensuales
en
concepto del servicio.
NOVENO: Este contrato regirá a partir del inicio de
la
prestación del servicio a EL CLIENTE
(usuario).
DECIMO: Los términos y condiciones del presente Contrato rigen entre EL CLIENTE
(usuario) y LA CONCESIONARIA, sin perjuicio de los deberes y derechos contenidos
en
el
Acuerdo
No.
17-22 de 17 de mayo de 2022 y
No.
13-23 de 18 de agosto de 2023;
el
contrato
de Concesión Administrativa 001-2023 de
27
de diciembre 2023;
el
Acuerdo 22-23 de
05 de diciembre de 2023; el Manual de Normas y Condiciones de Prestaciones del servicio
y en
su
defecto por las normas que le sean aplicables del Código Civil, Código de Comercio
y
de
los tribunales panameños.
DECIMO PRIMERO: Este Contrato no podrá ser cedido, transferido,
ni
negociado, sin
autorización expresa por escrito de LA CONCESIONARIA.
DECIMO SEGUNDO:
La
obligación facturada
en
los términos del contrato de prestación del
Servicio de recolección de basura presta mérito suficiente para que LA CONCESIONARIA
proceda judicialmente contra
EL
CLIENTE (usuario)con
el
objeto de obtener
el
pago de
las sumas adecuadas,
La
CONCESIONARIA se reserva
el
derecho de reclamar
el
pago
de las sumas adeudadas, LA CONCESIONARIA se reserva el derecho de reclamar ante los
tribunales y/o autoridades de
la
República de Panamá para hacer efectivo sus derechos.
EL
CLIENTE (usuario) declara lo siguiente:
l.
Que ha leído cuidadosamente todos los términos y condiciones que en este documento
se establecen.
2.
Que acepta todas las condiciones aquí descritas.
3.
Que se obliga, además a cumplir cualquier disposición posterior que dicte LA
CONCESIONARIA, de conformidad con las disposiciones que dicte
el
Municipio.
ARTICUL03.
El
presente Acuerdo, empezará a regir a partir de
su
sanción y promulgación
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Capi.ra:
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la
Gaceta Oficial de
Panamá
Correo:concejocapira@gmail.com
Telefax: 346-0834
Dado
en
la sala de
la
sesión del Concejo Municipal del distrito de Capira, a los
primero
(01)
días del mes de
febrero
de
dos
mil
veinticuatro
(2024).
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PRESIDENTA
CONCEJO MUNICIPAL
DISTRITO DE CAPIRA
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LICDA. GISELA
M.
DE CANO
SECRETARIA GENERAL
CONCEJO MUNICIPAL
DISTRITO DE CAPIRA
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