Acuerdo N° 03-CACJ-2023. Mediante el cual se extiende el periodo otorgado a la dirección de selección de recursos humanos de la secretaría técnica de recursos humanos para resolver los recursos de reconsideración contra la fase i del concurso general 01-cacj: 2022-2023 (etapa 2).

Fecha de publicación14 Febrero 2023
Fecha23 Enero 2023
EmisorÓRGANO JUDICIAL
No. 29722 Gaceta Oficial Digital, martes 14 de febrero de 2023 1
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República
de
Panamá
Órgano Judicial
Consejo
de
Administración de la Carrera Judicial
Acuerdo N°03-CACJ-2023
(Del 23 de enero de 2023)
MEDIANTE
EL
CUAL SE
EXTIENDE
EL
PERIODO
OTORGADO
A
LA
DIRECCIÓN
DE
SELECCIÓN
DE
RECURSOS HUMANOS
DE
LA
SECRETARÍA
TÉCNICA
DE
RECURSOS
HUMANOS PARA
RESOLVER
LOS
RECURSOS
DE
RECONSIDERACIÓN
CONTRA
LA
FASE 1
DEL
CONCURSO
GENERAL
01-CACJ: 2022-2023
(Etapa
2).
En la ciudad de Panamá, a los veintitrés (23) días del mes de enero de dos mil veintitrés (2023
),
se reunieron los integrantes del Consejo de Administración de la
Carrera
Judicial.
Abierto el Acto, el Honorable Presidente del Consejo de Administración
de
la
Carrera
Judicial
, Magistrado Abel Augusto Zamorano , manifestó que el motivo de la sesión, era someter a la
consideración del Consejo la extensión del periodo para resolver los recursos de reconsideración
presentados contra la fase I del Concurso General 01-CACJ:2022-2023 (Etapa 2).
Sometida a consideración de la propuesta, recibió el voto unánime de los integrantes del Consejo
de Administración de la
Carrera
Judicial y, en consecuencia, se acordó su aprobación.
CONSIDERANDO:
PRIMERO:
Que mediante Acuerdo No.07-CACJ-2022
de
18 de
abril
de 2022, se aprobó el llamado
a Convocatoria del Concurso General Nº.Ol-CACJ:2022-2023, para ocupar cargos de Magistrados de
Tribunales Superiores o de Apelaciones, Jueces de Circuito, Jueces Seccionales, Jueces de Juicio, Jueces
de Garantías, Jueces de Cumplimiento y Jueces Municipales, de todas la jurisdicciones a nivel nacional.
SEGUNDO: Que en virtud de
lo
establecido en el artículo
95
de la Ley
53
de 27 de agosto de 2015, que
regula la Carrera Judicial, dispone que las personas que se sientan afectadas por la forma en la que fueron
evaluadas, podrán presentar reconsideración ante la autoridad encargada de la valoración de la fase
correspondiente, en este caso, ante la Dirección de Selección
de
Recursos Humanos, y que deberá
sustentarse
al
momento de la interposición o a los dos días siguientes.
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