Acuerdo N° 03. Mediante el cual se modifica el artículo 17 del acuerdo municipal no. 02 del 13 de enero del 2023, "por medio del cual se aprueban los presupuestos de rentas y gastos e (ibi) del municipio de santa catalina para la vigencia fiscal 2023.

Fecha de publicación07 Marzo 2023
Fecha27 Febrero 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SANTA CATALINA
No. 29734-A Gaceta Oficial Digital, martes 07 de marzo de 2023 1
REPUBLICA
DE
PANAMA
COMARCA NGABE BUGLE
MUNICIPIO
DE
SANTA CATALINA
ACUERDO
MUNICIPAL No.
03
(del
27
de Febrero del año
2023)
"MEDIANTE
CUAL
SE
MODIFICA
EL
ARTICULO
17
DEL
ACUERDO
MUNICIPAL
NO.
02
DEL
13
DE
ENERO
DEL
2023,
"POR
MEDIO DEL
CUAL
SE
APRUEBAN
LOS
PRESUPUESTOS
DE
RENTAS
Y
GASTOS
E
(IBI)
DEL
MUNICIPIO
DE
SANTA CATALINA
PARA
LA
VIGENCIA
FISCAL
2023"
El
honorable concejo municipal del distrito de Santa Catalina, Comarca Ngabe Bugle,
Republica de Panamá,
en
uso de sus facultades constitucionales legales que la ley le
confiere.
CONSIDERANDO:
1- Que mediante acuerdo
02
del 1 3 de febrero del
2023,
por
medio del cual se Aprobó
el presupuesto de rentas y gastos e
IBI,
del Municipio de Santa Catalina, para la
Vigencia
2023.
2-
Que este acuerdo,
en
su
artículo 17, aprueba la partida de movilización y estipula:
Al
Alcalde Municipal
B/.
600.00, Presidente del Concejo B/.400.00, Tesorero Municipal B/
550.00.
3-
Que el párrafo anteriormente descrito requiere ser modificado, ya que
en
el término
designado como gastos de movilización, debe decir Gastos de representación,
en
su
lugar
se
corrige y se estipula el nombre como Gasto de Representación.
4-
Que dicha modificación se requiere subsanar de forma urgente a fin
de
cumplir con
lo estipulado
por
la ley.
Por las consideraciones anteriores:
~
ACUERDA:
ARTICULO
UNICO:
APROBAR la modificación
al
artículo
17
último párrafo de la
siguiente manera:
Donde dice
ARTICULO
17: Los gastos de movilización serán pagados durante la
primera semana
de
cada mes, como a continuación se detalla: Al Alcalde Municipal B/.
600.00,
Presidente del Concejo
B/.400.00,
Tesorero Municipal
B/.550.00.
Debe
decir
ARTICULO
17:
Los
gastos
de
Representación serán pagados durante
la
primera
semana
de
cada
mes,
como a continuación
se
detalla:
Al
Alcalde Municipal B/. 600.00,
Presidente del Concejo B/.400.00, Tesorero Municipal B/.550.00.
ARTICULO
SEGUNDO:
Esta modificación no afecta al resto
de
los artículos del acuerdo
principal los cuales siguen vigentes.
ARTICULO
TERCERO:
Este acuerdo empezara a regir a partir de su promulgación y
publicación
en
gaceta oficial.
COMUNIQUESE
Y
CUMPLASE
HELEN
RIVERA
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