Acuerdo N° 03. Por medio del cual se aprueba exoneración del 100% del pago del impuesto para actividad “bailable con ventas de comida y bebidas alcohólicas”.

Fecha de publicación02 Febrero 2024
Fecha08 Enero 2024
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE CHEPO / PANAMÁ
No. 29963 Gaceta Oficial Digital, viernes 02 de febrero de 2024 1
Municipio
de
Chepo
Avenida San Cristóbal, Corregimiento
de
Chepa, Distrito
de
Chepa
ACUERDO
No.
03
(De 08 de
Enero
de 2024)
Por
medio del
cual
se
aprueba
exoneración del 100% del pago del
Impuesto
para
actividad
"Bailable
con
ventas
de comida y
bebidas
alcohólicas "
El
Consejo Municipal del
Distrito
de Chepo
En
uso de
sus
facultades
legales,
CONSIDERANDO:
Que
ante
el pleno de
esta
Cámara
Edilicia se
ha
presentado
nota
de
solicitud
de
exoneración del
pago del 100% del
impuesto
municipal
por el
señor
Roberto López ,
para
actividad, bailable
"Bailable con
ventas
de
comida
y
bebidas
alcohólicas, el
sábado
03 de febrero del
presente
en
el
corregimiento del Llano,
en
la
casa
local de
la
comunidad
de Unicito,
distrito
de Chepo.
Que
esta
corporación
Edilicia
en
virtud
de
lo
antes
señalado,
ha
aceptado,
revisar,
analizar,
discutir
y
aprobar
en
la
sesión
ordinaria
del Concejo
la
solicitud
presentada.
Que
es
facultad
del Concejo Municipal,
establecer
exenciones y
exoneraciones
de impuesto,
derechos y
tasas
de
conformidad
con el articulo 248 de
la
Constitución
Política
de
la
República de
Panamá.
Que
el
articulo
14 de
la
Ley
106 de 8 de octubre
de
1973,
establece
que; los Concejo Municipales
regularan
la
vida
jurídica
de
los Municipios por medio de
acuerdos
que
tienen
fuerza
de ley
dentro
del respectivo distrito.
Que
en
merito
de
lo
anterior
esta
Cámara
Edilicia,
ACUERDA:
Articulo
Primero:
Aprobar
como
en
efecto
aprobamos
la
exonerac10n del 100% del pago de
impuesto
municipal
para
actividad,
"Bailable con
ventas
de
comida
y
bebidas
alcohólicas", a el
señor
Roberto López, con
cedula
No.8-525-2056, que se
estará
realizando
el
sábado
03 de febrero
de 2024,
en
el,
corregimiento
del Llano,
en
la
casa
local de
Unicito
en
un
horario
de 6:00 p.m.
hasta
las
4:00 p.m., los fondos
recaudados
serán
utilizados
para
gastos
médicos.
Artículo
Segundo:
Notificar
del
contenido del
presente
acuerdo
a
la
tesorería,
para
que realicen
las
adecuaciones
correspondientes
y no se
vean
afectadas
las
finanzas
municipales
y
así
no
procedan
con el cobro,
gravamen,
haciendo
la
aclaración
que
dicha
exoneración
sera
aplicable
exclusivamente
por
el
monto
de lo establecido
en
el
articulo
anterior.
Articulo
Tercero:
Este
Acuerdo
empezara
a
regir
a
partir
de
su
aprobación, sanción y
promulgación.
Dado
en
el
salón
de
sesiones
Tomas
Gabriel
Altamirano
M.,
Distrito
de Chepo, a los ocho (08) días
del mes de
enero
de
dos
mil
veinticuatro
(2024)
NOTIFIQUESE:
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Ceferino
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Presidente
del Concejo
Municipal
Recepción de Alcaldía: 519-1251
Tesorerí~:
519-1603
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Secretario
del Consejo Municipal
Consejo: 519-1606
Ingeniería Municipal: 519-1605
No. 29963 Gaceta Oficial Digital, viernes 02 de febrero de 2024 2
REPÚBLICA Y PROVINCIA DE PANAMÁ
ALCALDÍA
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
CHEPO
CHEPO,
09
DE ENERO DEL DOS
MIL
VEINTICUATRO (2024)
APROBADO
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE
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DR.
JUAN
JOSE
AYOLA
THOMPSON
Alcalde del Distrito de Chepa
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~ECRE1'MUP.
DEL
CONSEJO
MUNIC~PAi\
Secretaria General Encargada
FIEL
COPIA
DE
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