Acuerdo N° 05. Por el cual se autoriza al alcalde del distrito de la chorrera acogerse al procedimiento excepcional de contratación pública para la contratación de los "servicios de administración, mantenimiento preventivo y correctivo, capacitación y funcionamiento 24/7, de una solución de video vigilancia para el municipio de la chorrera, por un periodo de ciento veinte (120) meses consecutivos", hasta por el monto anual de doscientos cuarenta mil balboas con 00/100 (b/.240,000.00), más itbms, así como una solución de video vigilancia incluyendo los servicios de enlaces de comunicaciones a ser contratados mediante orden de compra durante ciento veinte (120) meses, con la empresa cable & wireless panamá, s.a.

Fecha de publicación16 Febrero 2024
Fecha30 Enero 2024
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE LA CHORRERA / PANAMÁ
No. 29970 Gaceta Oficial Digital, viernes 16 de febrero de 2024 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
PROVINCIA DE PANAMÁ OESTE
ti
DISTRITO DE
LA
CHORRERA
CONCEJO -SEC. GRAL.
ACUERDO
No.
05
(de 30
de
enero de 2024)
1
"Por del cual se autoriza al Alcalde del Distrito de La Chorrera acogerse al Procedimiento Excepcional ·
de
Contratación
Púb~
para.
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d.e.
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Correctivo, Capacitación y Funcionamiento 24/7, de una Solución de Video Vigilancia para el Municipio
de
La Chorrera, por un periodo de ciento veinte (120) meses consecutivos", hasta por el monto anual
de
DOSCIENTOS CUARENTA MIL BALBOAS con 00/100 (B/.240,000.00),
má$
ITBMS, así como una
solución de video vigilancia incluyendo los servicios de enlaces de comunicaciones a ser contratados mediante
Orden de Com,pra durante ciento veinte (120 meses, con la empresa Cable & Wireless Panam*,
S.A.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA CHORRERA
En
uso de sus facultades legales:
CONSIDERANDO:
Que el Alcalde Municipal del Distrito de
La
Chorrera ha expuesto ante el Concejo Municipal la. situación actual
existente con la inseguridad que vive el Distrito de
La
Chorrera, hechos públicos y notorios que requieren
de
una pronta y sumaria intervención municipal bajo criterios de urgente necesidad por las condiciones
preocupantes de los hechos delictivos que se incrementan a falta de equipos y control ciudadano que afectan a
los residentes de manera directa, en su integridad física y bienes.
Que a su vez el Alcalde
ha
expuesto a este Concejo una Propuesta Técnica y Financiera presentada por parte
de la empresa Cable & Wireless Panamá, S.A., con
dise:ño
que se ajusta a los requerimientos de los servicios
de administración, capacitación, soporte y mantenimiento para implementar
un
sistema y Centro de Operación
Manici¡ml·qoo-·etmtmle-la-seguridad··de-la
mumei·pa:l1dacl-.
Que la empresa en referencia
ha
presentado declaración de ser una empresa de comunicaciones y tecnología a
nivel nacional, con énfasis en temas de seguridad, especializada
en
diseño, implementación y mantenimiento
de
soluciones de video vigilancia inteligente y Centros de Comando y Control.
Que los Alcaldes de los Distritos, dentro del marco de sus facultades constitucionales y legales, como Jefes
de
Policía, tienen la respo.nsabilidad de velar por la seguridad, la tranquilidad y el orden público en su respectivo
municipio y con la colaboración de la Policía Nacional, proteger la vida, honra y bienes de los ciudadanos que
estén bajo sujurisdicción.
Que el artículo 79 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley
153
de 8 de
may~
de
2020 establece que cuando se produzcan hechos o circunstancias por los cuales la celebración
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cualesquiera
de
los procedimientos
de
selección de contratista, establecidos en la Ley, ponga en riesgo
la
satisfacción de los requerimientos e intereses del Estado, dichas entidades o instituciones podrán acogerse al
procedimiento excepcional de contratación, por razones de "urgencia evidente".
Que el Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006 ordenado por la Ley
153
de 8
de
mayo de 2020
reconoce la "urgencia evidente" en su artículo 2 numeral 56, definiéndolo
así:
"Situación imprevista,
impostergable concreta, inmediata, probada y objetiva que ocasiona un
da:ño
material o económico
ál
Estado
o a los ciudadanos, e impide a la entidad licitante la celebración del procedimiento
de
selección de contratistas,
y a su vez, faculta para sohcitar ante
la
autoridad competente la aprobación de la contratación por
procedimiento excepcional.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar
al
Alcalde del Distrito de La Chorrera, acogerse
al
Procedimiento
Excepcional de Contratación Pública, con fundamento
en
el numeral 2 del Artículo 79 del Texto Único
de
la·
Ley 22 de 2006 ordenado por la Ley 153 de 2020, para llevar a cabo la contratación de los "Servicios
de
Administración, Mantenimiento Preventivo y Correctivo, Capacitación y Funcionamiento 24/7, de una
Solución de Video Vigilancia para el Municipio De La Chorrera, por un periodo de. ciento veinte
(120)
meses
consecutivos'', con la empresa Cable & Wireless Panamá, S.A., hasta por el monto. Anual de DOSCIENTOS
CUARENTA MIL BALBOAS CON
001100
(B/.240,000.00), más ITBMS, así como una solución de video
vigilancia incluyendo los servicios de enlaces de comunicaciones a ser contratados mediante Orden de Compra,
a través de la vitrina virtual del Sistema Electrónico Panama Compra, durante ciento veinte (120)
mese~

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