Acuerdo N° 06-2023. Por medio del cual se autoriza la metodología de tablero de la ley 349 del 14 de diciembre de 2022, sobre las reformas a la ley 106 de 1973, sobre el régimen municipal, y dicta otras disposiciones, respecto a las contrataciones menores en los municipios, juntas comunales, consejos provinciales y comarcales, y se dictan otras disposiciones.

Fecha de publicación01 Diciembre 2023
Fecha17 Octubre 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE MONTIJO / VERAGUAS
No. 29921 Gaceta Oficial Digital, viernes 01 de diciembre de 2023 1
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CONCEJO MTJNICIPAL
»ISTR.ITO DE IVICNTIJCI
ACUERDO N'06-2023
(Del 17 de octubre de 2023)
poR MEDto DEL cuAL sE AUToRtzA LA METoDoLocil oe TABLERo DE LA LEY 349
DEL 14 DE DICIEMBRE DE 2022, SOBRE LAS REFORMAS A LA LEY 106 DE 1973, SOBRE
el RÉolue¡¡ MUNrcrpAL, y DtcrA orRAs DtsPostctoNEs, RESPECTo A LAS
CONTRATACIONES MENORES EN LOS MUNICIPIOS, JUNTAS COMUNALES, CONSEJOS
PROVINCIALES Y COMARCALES, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSIGIONES.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LAS MONTIJO EN USO DE SUS FACULTADES
LEGALES Y,
CONSIDERANDO:
Que la constitución polÍtica de la República de Panamá, señala que el poder público solo
emana del pueblo y que el Municipio es la organización política autónoma de la comunidad
de la comunidad establecida en un Distrito,
Que es función del Concejo Municipal, aprobar, derogar y modificar los Acuerdos
Municipales.
Que el artículo 14 de la ley 106 de 8 de octubre de 't 973 indica que los consejos
municipales regularán la vida jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tienen
fuerza de Ley dentro del respectivo Municipio.
Que mediante la Ley 349 de 14 de diciembre de 2022, reforma la ley '106 de 1973, sobre el
régimen municipal, y dicta otras disposiciones, respecto a las contrataciones menores en
los municipios, juntas comunales, concejos provinciales y comarcales.
Que el artículo n'2 de la Ley 349 del 14 de diciembre de 2022, modifica el articulo 108 de la
Ley 106 de 1973 establece que los municipios se regirán por las reglas y los principios
básicos de obligatoria observancia que rigen las contrataciones públicas para la adquisición
o arrendamiento de bienes, la ejecución de obras públicas, Ia disposición de bienes del
municipio, la prestación de servicios, la operación o administración de bienes, Ias
concesiones o cualquier otro contraio regulado por acuerdo municipal.
Que las contrataciones menores que realice el Municipio, se regirán por lo establecido en la
Ley N'349, en donde dice que se dispondrá de una caja menuda de Cinco mil balboas con
00/100 (8/.5,000.00) y debe ceñirse al Manual de caja menuda y Guía de uso de fondos de
los gobiernos locales aprobados por la Contraloría General de la República.
Que la Ley N'349 de 14 de diciembre de 2022, señala que para las compras entre Cinco
mil balboas con 00/100 (8/.5,000.00) y Diez mil balboas con 00/100 (B/.10,000.00), será
obligatorio la presentac¡ón de tres cotizaciones, se levantará el cuadro de cotizaciones, en
donde se anotarán las ofertas económicas y se publicarán por medio tecnológico, escrito o
tablero, y no se obtienen las tres cotizaciones se anotaran las adquiridas y se certificara
de hecho por el representante legal del Municipio.

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