Acuerdo N° 06. Por medio del cual el consejo municipal de boquete aprueba que la junta comunal de bajo boquete refuerce la partida de planilla de la oficina del programa de inversión de obras públicas y servicios municipales dentro del municipio de boquete/departamento del consejo municipal de boquete constituida por las seis (6) juntas comunales y la alcaldía municipal de boquete, creada según acuerdo número 08 del 10 de mayo de 2016.

Fecha de publicación22 Febrero 2017
Fecha02 Febrero 2017
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE BOQUETE / CHIRIQUÍ
No. 28224 Gaceta Oficial Digital, miércoles 22 de febrero de 2017 1
f
CONCEJO
MUNICIPAL
DE
BOQUETE
PROVINCIA
DE
CHIRIQUI,
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
TELEFAX
720-1321.
ACUERDO
Núm.
06
DEL
02 DE
FEBRERO
DE
2017)
POR
MEDIO
DEL
CUAL
EL
CONCEJO
MUNICIPAL
DE
BOQUETE
APRUEBA
QUE LA
JUNTA
COMUNAL
DE
BAJO
BOQUETE
REFUERCE
LA
PARTIDA
DE
PLANILLA
DE LA
OFICINA
DEL
PROGRAMA
DE
INVERSIÓN
DE
OBRAS PÚBLICAS
Y
SERVICIOS
MUNICIPALES
DENTRO
DEL
MUNICIPIO
DE
BOQUETE/DEPARTAMENTO
DEL
CONCEJO
MUNICIPAL
DE
BOQUETE CONSTITUIDA
POR LAS
SEIS
(6)
JUNTAS
COMUNALES
Y LA
ALCALDÍA MUNICIPAL
DE
BOQUETE,
CREADA SEGÚN ACUERDO
NUMERO
08 DEL
10
DE
MAYO
DE
201G.
EL
CONCEJO
MUNICIPAL
DE
BOQUETE.
EN USO DE SUS
FACULTADES
LEGALES
QUE LE
CONFIERE
LA
LEY;
Y
CONSIDERANDO
Que,
de
conformidad
a la Ley
'M
de
2009
modificada
por la Ley 66 de 29 de
octubre
de
2015,
el
proceso
de
Descentralización
de la
Administración
Pública
en los
Municipios
persigue
lograr
el
Desarrollo
sostenible
e
integral
del
País
mediante
la
delegación
y el
traslado
de
competencias
administrativas,
económicas, políticas
y
sociales
del
órgano
ejecutivo
en
forma
gradual, progresiva, ordenada, regulada
y
responsable.
Que,
el
Articulo
55 se
adiciona
el
Capítulo
II al
Título
XI de la Ley
37
de
2009,
así:
Capítulo
II
Programa
de
Inversión
de
Obras
Públicas
y
Servicios Municipales.
Artículo
135-A.
Se
crea
el
Programa
de
Inversión
de
Obras Públicas
y
Servicios
Municipales,
el
cual contendrá
los
proyectos sectoriales
de
acciones
específicas
de la
Administración
Pública
Municipal
que
tiendan
a
mejorar, regular,
crear
o
supervisar sectores
específicos
de
desarrollo
que
tengan
la
finalidad
de
explotar
las
ventajas
comparativas
territoriales,
fortalecer
el
desarrollo social, educativo
y
de
salud, combatir
la
pobreza, promover
la
inclusión
de
jóvenes, personas
con
discapacidad,
grupos
sociales
tradicionalmente
excluidos
y
marginados
y
proveer
de
servicios públicos,
en
procura
del
bienestar general
de la
población
de la
jurisdicción
del
municipio.
Los
proyectos
de
inversión tendrán
que
cumplir
con las
normas
y
procedimientos
del
Sistema
Nacional
de
Inversión
Publica
y el
Artículo
23 de la Ley 34 de
2008,
de
Responsabilidad Social
Fiscal.
Que,
en
vista
de que ya se
encuentra constituida
la
oficina
del
Programa
de
Obras
de
inversión
y
Servicios Municipales
y se
hace necesario
que la
Junta Comunal
de
Bajo
Boquete
refuerce
dicha
partida
para gastos
de
planilla
de la
Junta Comunal
de
Bajo
Boquete.
Que
según Acuerdo
N°
08 del 10 de
mayo
de
2016
se
aprobó
manejar
las
cuentas
de
Funcionamiento
a
través
de
10000192099
Municipio
de
Boquete Fondo
de
Inversión
Junta
Comunal
de
Jaramillo,
la
cual será responsable
de las
partidas
de
funcionamiento.
ACUERDA
ARTICULO
PRIMERO:
Que
mediante
Resolución
N'OOl
de la
Junta
Comunal
de
Bajo
Boquete
Programa
de
Inversión,
fechada
01 de
febrero
de
2017,
se
aprueba transferir
a
la
cuenta Junta Comunal
de
Jaramillo
.
10000192099
lo
siguiente:

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