Acuerdo N° 08-22. Que autoriza trasferir del renglón 151 de consejo municipal la suma de treinta y siete mil balboas con 00/100 (b/37,000.00), al renglón 930 de consejo municipal; del renglón 151 de alcaldía; la suma de tres mil seiscientos balboas con 00/100 (b/. 3,600.00); del renglón 151 de tesorería la suma de cuatrocientos balboas con 00/100 (b/.400.00) y del renglón 151 de auditoria interna la suma de doscientos balboas con 00/100 (b/.200.00) al renglón 930 de alcaldía.

Fecha de publicación31 Marzo 2022
Fecha08 Marzo 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE CAPIRA / PANAMÁ
No. 29507 Gaceta Oficial Digital, jueves 31 de marzo de 2022 1
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Acuerdo
No.08-22
( Del martes, 08 de
marzo
de
2022)
Telefax: 346-0834
"Que autoriza trasferir del renglón
151
de
Concejo Municipal la
suma
de
treinta
y
siete
mil
balboas
con
00/100 (B/37,000.00), al renglón
930
de
Concejo Municipal; del renglón
151
de
Alcaldía; la
suma
de
tres
mil
seiscientos
balboas
con
00/100 (B/.3,600.00);
del renglón
151
de
Tesorería la suma
de
cuatrocientos
balboas
con
00/100
(B/.400.00) y del renglón
151
de
Auditoria Interna la suma de
doscientos
balboas
con
00/100 (B/.200.00) al renglón 930
de
Alcaldía.
Considerando:
Que
el Artículo
232
del Capítulo
de la
Constitución
Panameña, establece
que
es el
Municipio
una
organización política autónoma
de
la comunidad establecida en un distrito
y
es
democrática y responderá al carácter esencialmente administrativo del Gobierno
Local;
Que la Constitución Panameña, reglamenta en el Artículo 237, En cada distrito habrá
una corporación
que
se
denominará Concejo Municipal, integrado
por
todos
los
Representantes
de
corregimientos
que
hayan sido elegidos dentro del distrito ... ;
Que
a través del Acuerdo Municipal No. 22
de
23
de
noviembre de 2021, fue aprobado
el
Presupuesto
de
Rentas y
Gastos
del
Municipio
de
Capira y el
Presupuesto
de
Funcionamiento
e
Inversión
de
los
Recursos
provenientes
de
Bienes
e
Inmuebles
(181)
del Municipio
de
Capira para la
Vigencia
Fiscal
dos
mil
veintidós
(2022);
Que el Artículo
2,
del
Acuerdo
No
22
de 23
de
noviembre
de
2021, en el numeral
9.
DE
LAS
MODIFICACIONES
AL
PRESUPUESTO:
9. 1 TRASLADO
DE
PARTIDA :
En
las transferencias
de
recursos de partidas del Presupuesto con
saldos disponibles o sin utilizar u otras q
ue
se hayan quedado con
saldos insuficientes. Los traslados
de
partidas se podrán realizar entre
el 15 de febrero al 15
de
diciembre del presente año mediante
Resoluciones motivadas que
la
administración expedirá.
la
transferencia se realiza de /as partidas
de
un mismo
de
partamento. no
será necesario el acto administrativo de emitir una Resolución
motivada.
Las
Direcciones y Deparlamentos presentarán /as solicitudes
de traslados de saldos disponibles de fondos, entre partidas
presupuestarías al deparlamento
de
Planificación o Presupuestos
y!o
Departamento de Tesorería Municip
al
, en donde se analizará v
verificará
la
viabilidad remitiendo a
la
Alcaldía
la
gestión siendo esta
última quien autorizará o no.
la
correspondiente solicitud previa
verificación
de
la
efectiva disponibilidad
de
/os saldos no
comprometidos. Todos /os traslados de
partidas
de
mil
balboas
con
001100 {B/.1,000.00J o
más
se remitirán al Concejo Municipal para su
aprobación.
el Concejo Municip
al
no realizará ninguna actuación en
la
primera reunión siguiente al recibido de
la
solicitud.
se
entenderá que
ha sido aprobada
la
modificación correspondiente. No
se
p
odrá
dividir
el
ob
j
eto
de g
asto
de
la
partida presupuestaria en p
artes
o g
ru
p
os
.
con
el
fin
de que
el
monto objeto del traslado
no
alcance
los
mil
balboas
(Bl.1,000.00).

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