Acuerdo N° 10-22. Que modifica el acuerdo no.22 de 23 de noviembre de 2021 en su artículo 2 numeral 7.9; y se incorpora el código 030, al renglón de egresos de consejo municipal, alcaldía municipal, se transfiere fondos de renglón 151 del consejo municipal, al renglón 030 del consejo municipal; del renglón 151 de alcaldía al renglón 030 de alcaldía.

Fecha de publicación01 Abril 2022
Fecha16 Marzo 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE CAPIRA / PANAMÁ
No. 29508 Gaceta Oficial Digital, viernes 01 de abril de 2022 1
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Acuerdo
No.10-22
( Del 16 de marzo de 2022)
Telefax: 346-0834
"Que modifica el
Acuerdo
No.22
de
23 de
noviembre
de 2021 en su Artículo 2 "
numeral 7.9; y se incorpora el Código 030, al renglón de egresos de
Concejo
Municipal,
Alcaldía
Municipal,
se transfiere fondos de renglón
151
del Concejo
Municipal,
al
renglón 030 del Concejo Municipal; del renglón
151
de Alcaldía
al
renglón
030 de Alcaldía,
Considerando:
Que el Artículo 232 del Capítulo de la
Constitución
Panameña, establece
que
es
el Municipio una organización política autónoma de
la
comunidad establecida en un
distrito y es democrática y responderá al carácter esencialmente administrativo del
Gobierno Local;
Que
la
Constitución Panameña reglamenta
el
Artículo 237, En cada distrito habrá una
corporación que se denominará Concejo Municipal, integrado por todos los
Representantes de corregimientos que hayan sido elegidos dentro del distrito ... ;
Que a través del
Acuerdo
Municipal
No. 22
de
23
de
noviembre
de
2021, fue
aprobado el Presupuesto de Rentas y Gastos del Municipio de Capira y el
Presupuesto de Funcionamiento e Inversión de los Recursos provenientes de Bienes
e Inmuebles (IBI) del Municipio de Capira para la
Vigencia
Fiscal
dos
mil
veintidós
(2022);
Que
el
Artículo
2,
del Acuerdo No 22 de 23 de noviembre de 2021, en el numeral 7.9
establece taxativamente:
"7.9 GASTO
DE
MOVILIZACIÓN DENTRO DEL PAÍS:
Se
le
asignará p
or
Partida Presupuestaría al Alcalde del distrito.
Tesorera Municip
al
. Auditora Interna, Honorables Concejales. Dicho
egreso no requiere de informes previos. El gasto
de
movilización será
car
gado
al
renglón 151 de Concejo Municipal: 151 de Alcaldía Municip
al
:
151
de
Tesorería Municipal v
151
del Departamento
de
Auditoría Interna,
estableciendo el pago
de
mil seiscientos cincuenta balboas con 001100
(
811
. 650.
00
) al Presidente del Concejo; mil quinientos balboas con
001100 1811500.00) al
Vice
presidente del Concejo Municipal; mil
cuatrocientos balboas con 001100 (
811
. 400.
00
) a /os Honorables
Concejales; mí! ochocientos balboas con 001100 (
811
, 800. 00)
al
Alcalde
del distrito; doscientos balboas con 001100 (81200.00) v cien balboas
con 001100 (811OO.00)
al
Auditor Interno. pagadero /os 8 y los
22
de
cada mes.
El gasto de movilización será solamente para movilización dentro del
distrito no
así
fuera del distrito y el mismo aplica para el Servidor
Municipal en calidad de principal (Alcalde. Tesorera. Honorables
Concejales. Auditora Interna. extendiéndose el pago durante sus
vacaciones y las vacaciones acumuladas p
or
necesidad del servicio, la
disposición aplica además para
Jos
Honorables Concejales principales .
El Alcalde tendrá
la
facultad de aplicar el numeral 3 del Artículo
45
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No. 29508 Gaceta Oficial Digital, viernes 01 de abril de 2022 2
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Telefax: 346-0834
Lev106 de octubre
de
1973. reformada p
or
la
Ley No,
52
del
12
de
diciembre de 1984, para ordenar
el
pago correspondiente.
PARAGRAFO: El Alcalde. el Presidente del Conceío Municip
al
.
el
Vicepresidente del Concejo Municipal y
la
Tesorera Municipal , p
or
ser
los entes
re
presentativos del Municip
io
de
Ca
pira. tendrán derecho a
un
mav
or
gasto de movilización"
Que
la
Institución Fiscalizadora de los Fondos Públicos y/o Municipales emitió
comunicado de suspensíón definítíva de los Gastos de Movílízacíón de
Alcaldes, Concejales; sin embargo dichos fondos siguen activos por lo que es
viable gestionar
su
traslado para las asignaciones que sean definidas conforme
las facultades de las autoridades locales;
Que
la
organización municipal esta conformada por los Despachos de Concejo
Municipal, Alcaldía Municipal; representadas por un titular con múltiples
funciones establecidas
en
la
Constitución y
en
las leyes municipales, que
requieren para
su
efectividad que éstos cuenten
con
ingresos fijos conforme
está reglamentado
en
las normas presupuestarías;
Que conforme
la
norma Presupuestaria General del Estado, aplicable de forma
supletoria
al
Presupuesto Municipal, está reglamentado
en
el Artículo 288; que
el
Gasto de Representación, corresponde a los Servidores que ocupen
cargos titulares, siendo pertinente que
el
titular de la administración municipal
es
el
Alcalde del distrito, asimismo, corresponden a cargos titulares
el
Presidente y Vice-Presidente del Municipio y Concejo Municipal de Capira ;
Que
en
el
Presupuesto Municipal se desarrolla sus ingresos y egresos
conforme los códigos establecidos
en
el
Manual de Clasificación
Presupuestarias del Gasto Público, reglamentado
el
Código 030 Gasto de
Representación, que
es
aplicable a las remuneraciones adicionales
al
sueldo
fijo que
en
razón del cargo que desempeñan, es corresponde a Servidores
Públicos Titulares de diferentes cargos. por tanto;
El
Honorable Concejo Municipal del distrito de Capira, en uso de sus
facultades legales;
Acuerda:
Artículo
1.
El
Acuerdo Municipal No.22 de
23
de noviembre de 2021,
en
su
Artículo
2,
numeral 7.9 quedará así:
Artículo
2.
Aplicar las normas administrativas presupuestarias, para el
Municipio de Capira, contenidas así:
.7.9 GASTO DE REPRESENTACIÓN:
Se
le
asignará una remuneración mensual
en
concepto de Gasto de
Representación al Alcalde del distrito (titular de la Administración
Municipal) Presidente del Concejo Municipal y Vicepresidente del
Concejo Municipal (titulares del Pleno, quien éste de turno, conforme
elección
Interna
de
Concejales).
No. 29508 Gaceta Oficial Digital, viernes 01 de abril de 2022 3
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Telefax: 346-0834
PARAGRAFO:
El
Alcalde, el Presidente del Concejo Municipal, el
Vicepresidente del Concejo Municipal, por ser los titulares de mayor
representatividad del Municipio de Capira, tendrán derecho a una
asignación de Gasto de Representación, de conformidad a la siguiente
tabla:
RENGLON GASTO
DE
MONTO
REPRESENTACIÓN
030 Alcaldía Alcalde del distrito B/.3,500.00
030 Concejo Presidente del Concejo
Municipal
El
que esté a cargo B/.500.00
030 Concejo Vicepresidente del Concejo .
Municipal
El
que esté a cargo B/.200.00
Artículo 2. Incorporar el Código 030, al renglón de egresos de Concejo Municipal,
Alcaldía Municipal.
Artículo 3. Transferir fondos de renglón
151
del Concejo Municipal, al renglón 030
del Concejo Municipal; del renglón
151
de Alcaldía
al
renglón 030 de
Alcaldía, conforme detalle adjunto:
CONCEJO MUNICIPAL
Renglón 1 Monto 1 Transfiere
a:
1 Renglón 1 Monto
151
1 B/.408, 100.00 1 Transfiere a 1 030 [ B/.408, 100.00
ALCALDIA MUNICIPAL
Renqlón 1 Monto 1 Transfiere 1 Renglón 1 Monto
151
1 B/.39,600.00 1 Hacia 1 030 [ B/.39,600.00
Articulo
4.
Este acuerdo deroga en todas sus partes el Acuerdo Municipal No.07-22
(Del 08 de marzo de 2022).
Artículo
5.
El
presente Acuerdo empezará a regir a partir de su sanción y será
remitido a Gaceta Oficial, por principio de transferencia.
Dado en
el
Honorable Concejo Municipal del distrito de Capira, a los dieciséis (16)
días del mes de marzo de 2022.
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PRESIDENTE
CONCEJO MUNICIPAL
DISTRITO DE CAPIRA
MUNICIPIO
DE
CAPIRA
CONSEJO
MUNICIPAL
ES
FIEL
COPIA
DE
SU
OR.IGIN.AL
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