Acuerdo N° 102. Por medio del cual, se aprueba prescripción de impuesto de placa de circulación vehicular a favor del señor juan antonio castillo pinilla.

Fecha de publicación21 Noviembre 2022
Fecha13 Septiembre 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29667 Gaceta Oficial Digital, lunes 21 de noviembre de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO
ACUERDO No.102
(Del 13 de septiembre de 2022)
"Por medio del cual, se aprueba prescripción de impuesto de placa de circulación
vehicular a favor del señor JUAN ANTONIO CASTILLO PINILLA"
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el pleno de esta Cámara Edilicia, el Honorable Concejal César Caballero, se ha presentado
solicitud de prescripción del impuesto de placa de circulación vehicular, a favor del señor JUAN
ANTONIO CASTILLO PINILLA, con cédula de identidad personal No.88-320-258
Que, la petición del Honorable, fue presentada, analizada, revisada, discutida y aprobada por urgencia
notoria en la Sesión Ordinaria del Concejo, por lo que luego del análisis realizado, ésta Cámara Edilicia
considera que es oportuno y pertinente acceder a la prescripción de los contribuyentes que mantienen
inscritos sus vehículos en el Municipio de San Miguelito.
Que, es facultad del Concejo Municipal conceder exenciones o exoneraciones de impuestos, derechos y
tasas, de conformidad con el Artículo 248 de la Constitución Política de la República de Panamá.
Que, el Artículo
14
de la Ley 106 de 8 de octubre del973, establece que: Los Concejos Municipales
regularán la Vida Jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de Ley dentro del
respectivo distrito. ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, como en efecto lo hacemos, la prescripción del impuesto de
placa de circulación vehicular a favor del señor, JUAN ANTONIO CASTILLO PINILLA, con cédula
No.8-320-258, propietario del vehículo con placa No.313296, por la suma de SETECIENTOS UN
BALBOAS CON 30/100 (B/.701.30) y sacarlo de circulación.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar el contenido del presente Acuerdo a la Dirección de Tesorería
Municipal y al Departamento de Vehículo, para que realicen las adecuaciones correspondientes y no se
vean afectadas las finanzas municipales y así no se proceda con el cobro de dicho gravamen.
ARTÍCULO TERCERO: Este Acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación, sanción y posterior
promulgación
Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal del distrito de San Miguelito, a los trece (13) días
del mes de septiembre del año dos mil veintidós (2022).
H.
A.
HÉCTOR V
Alcalde
ISGÓMEZ
H. C. DIXIA DE
AH
CHONG
Fecha:
20/1
,
/zv

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