Acuerdo N° 104. Por medio del cual, se aprueba exoneración de deuda a contribuyente con relación a impuestos de negocio.

Fecha de publicación21 Noviembre 2022
Fecha13 Septiembre 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29667 Gaceta Oficial Digital, lunes 21 de noviembre de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
CONCEJO
MUNICIPAL DE SAN
MIGUELITO
ACUERDO
No.104
(Del 13 de septiembre
de
2022)
"Por
medio del cual, se aprueba exoneración de deuda a
contribuyente con relación a impuestos de Negocio."
EL
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO DE SAN MIGUELITO
CONSIDERANDO
Que, ante el Pleno de esta Cámara Edilicia, el Honorable Concejal Chayan Polo,
ha
solicitado exoneración
de deuda a favor
de
la
señora Y
AIMA
EDITH RIV AS MADRID,
con
cedula No.8-515-997,
en
representación
del negocio denominado, NOVEDADES Y
BARERIA
MORE
FIRE.
Que, la petición del Honorable, fue analizada, revisada, discutida y aprobada
por
urgencia notoria
en
Sesión
Ordinaria del Concejo,
por
lo que luego del análisis realizado, está
Cámara
Edilicia considera que
es
oportuno
y pertinente acceder a
la
exoneración de esté contribuyente que mantienen inscrito su negocio
en
el Municipio
de
San
Miguelito. ·
Que, es facultad del Concejo Municipal conceder exenciones o exoneraciones de impuestos, derechos y tasas,
de conformidad
con
el
Artículo 248 de
la
Constitución Política
de
la
República de Panamá.
Que, el Artículo 14 de
la
Ley 106 de 8 de octubre de 1973, establece que: Los Concejos Municipales regularan
la Vida Jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de
Ley
dentro del respectivo
distrito
ACUERDA:
ARTICULO
PRIMERO:
APROBAR, como
en
efecto lo hacemos,
la
exoneración de deuda a favor de
la
señora YAIMA
EDITH
RIVAS MADRID,
con
cé'dula de identidad personal No.8-515-997, propietaria del
Negocio,
NOVEDADES
Y BARBERIA
MORE
FIRE, ubicado
en
el corregimiento Ornar Torrijas,
contribuyente No.1-2001-0501,
la
suma a exonerar es de TRES MIL QUINIENTOS
TREINTA
Y
NUEVE
BALBOAS CON 13/100 (B/.3,539.13) y solicita el cierre del negocio,
ya
que el mismo no inicio operaciones
desde el año 2007.
ARTICULO
SEGUNDO: Notificar el contenido del presente Acuerdo al Departamento de Dirección de
Tesorería y a
la
Dirección de Negocios,
para
que realicen las adecuaciones correspondientes y
no
se vean
afectadas las finanzas municipales y así no se proceda
con
el cobro de dicha multa.
ARTICULO
TERCERO:
Este Acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación, sanción y posterior
promulgación.
Dado
en
el Salón de Sesiones del Concejo Municipal del Distrito de
San
Miguelito a trece (13) días del
mes
de septiembre del año dos mil veintidós (2022)
ABALLERO
oncejo Municipal H.C. DIXIA DE
AH
CHONG
Vicepresidenta del Concejo Municipal

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