Acuerdo N° 107. Por medio del cual, se aprueba la exoneración completa de impuesto de fosa del cementerio municipal del distrito de san miguelito, del señor leonardo cruz cordoba (q.e.p.d.).

Fecha de publicación23 Noviembre 2022
Fecha27 Septiembre 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29669 Gaceta Oficial Digital, miércoles 23 de noviembre de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
CONCEJO
MUNICIPAL
DE
SAl'T
MIGUELITO
ACUERDO No.107
(Del 27 de
septiembrt
de 20'.U)
"Por
medio del cual, se aprueba la exoneración completa de impuesto de fosa
del cementerio municipal del distrito de San l\.1iguelito, del señor
LEONARDO CRUZ CORDOBA (Q.E.P.D.)"
CONCEJO
MUNICIPAL DEL
DISTRITO
DE SAN
MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el Pleno de esta Cámara Edilicia, el Honorable Concejal Luis Ornar Ortega,
ha
presentado
solicitud de exoneración de impuesto por el pago de fosa
en
el cementerio municipal de
San
Miguelito,.
del señor LEONARDO
CRUZ
CORDOBA
(Q.E.P.D).
Que,
la
petición del Honorable, fue analizada, revisada, discutida y aprobada
por
urgencia notoria en
Sesión Ordinaria Municipal,
por
lo que luego del análisis realizado, ésta Cámara Edilicia considera que
es opo1tuno y pertinente acceder a
la
misma.
Que, es facultad del Concejo Municipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos, derechos
y tasas de conformidad
con
el Artículo 248 de
la
Constitución Política de
la
República de Panamá.
Que, el Artículo 14 de
la
Ley 106 de 8 de octubre de 19'/3, estnblece que: Los Concejos Municipales
regularán
la
Vida
Jurídica de los Municipios
por
medio de Acuerdos que tienen fuerza de
Ley
dentro
deJ
respectivo distrito.
ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO:
APROBAR, como
en
efecto aprobamos,
la
exoneración completa del
impuesto de fosa
en
el cementerio municipal de San Miguclito del señor
LEONARDO
CRUZ
CÓRDOBA
(Q.E.P.D.),
con
cédula No.8-205-1099, a favor de
su
hija LISNETH JUDITH
CRUZ
MARTÍNEZ,
con
cédula No.8-761-1008, por
fa
suma
di~
DOSCIENTOS
OCHENTA
BALBOAS
(B/.280.00).
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar el contenido del presente Acuerdo a
la
Dirección de Tesorería,
para
que realicen las adecuaciones correspondientes y no se
vean
afeci adas las finanzas municipales y así no
se proceda
con
el cobro de dicho gravamen haciendo
la
aclaración que dicha exoneración será aplicable
exclusivamente por el monto establecido
en
el artículo anterior.
ARTÍCULO
TERCERO:
Este Acuerdo empezará a regir a partir de
su
aprobación, sanción y
promulgación.
Dado
en
el Salón de Sesiones del Concejo Municipal del distrito de
San
Miguelito, a veintisiete (27) días
del mes de septiembre del año dos mil veintidós (2022).
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H. C. DIXIA
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Vicepresidenta del Concejo.Municipal

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