Acuerdo N° 11. Por el cual se aprueba el presupuesto de rentas y gastos del municipio de natá, para el periodo fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019.

Fecha de publicación15 Enero 2019
Fecha14 Noviembre 2018
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE NATÁ / COCLÉ
No. 28694-A Gaceta Oficial Digital, martes 15 de enero de 2019 1
CONCEJO MUNICIPAL DE NATA
ACUERDO N°. 11
(Del 14 de noviembre de 2018)
Por el cual se aprueba el Presupuesto de Rentas y Gastos del Municipio de Natá, para el periodo fiscal
del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019.
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE NATA,
En uso de sus facultades legales,
ACUERDA:
DISPOSICIONES GENERALES DE ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIAS
CAPITULO I
OBJETO Y ÁMBITO
ARTICULO I. Apruébese el Presupuesto de Rentas y Gastos del Municipio de Natá, para la vigencia
fiscal del uno (1) de enero al treinta y uno (31) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), por un monto
de OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL CIENTO TREINTA Y OCHO BALBOAS CON 0 0/100
(B/.816,138.00) tanto en ingresos como en gastos que detallamos a continuación.
MUNICIPIO DE NATA
PRESUPUESTO DE INGRESOS
VIGENCIA FISCAL 2019
CÓDIGO
ACTIVIDADES
PRESUPUESTO
1.1.2.5.00
Sobre Actividades Comerciales y de Servicio
167,550.00
1.1.2.6.00
Actividades Industriales
96,210.00
1.1.2.8.00
Otros Impuestos Indirectos
80,810.00
1.1.2……
Ingresos No Tributarios
331,568.00
1.4.0.0.00
Saldo en Caja y Banco
130,000.00
2.0.0.0.00
Ingresos de Capital
10,000.00
TOTAL DE INGRESOS……………………….
816,138.00
PRESUPUESTO DE EGRESOS
VIGENCIA FISCAL 2019
CÓDIGO
ACTIVIDADES
PRESUPUESTO
510.0101
Legislación Municipal
143,359.00
510.0102
Administración Municipal
319,987.00
510.0103
Administración Financiera
82,421.00
510.02
Servicios Municipales
162,191.00
510.02
Administración de Justicia
108,180.00
TOTAL DE EGRESOS………………………..
816,138.00
ARTICULO 2. OBJETO. Las Normas Generales de Administración Presupuestaria contiene el
conjunto de disposiciones que regirán la ejecución, el seguimiento y la evaluación, así como el cierre y
la liquidación del Presupuesto del Municipio de Natá.
ARTICULO 3. ÁMBITO. Las normas se aplicaran para el manejo del Presupuesto del Municipio de
Natá.
-1-
No. 28694-A Gaceta Oficial Digital, martes 15 de enero de 2019 2
CAPITULO II
EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO
ARTICULO 4. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO. La ejecución del presupuesto es conjunto de
decisiones y acciones operativas, administrativas y financieras para la realización de los planes,
programas y proyectos contemplados en el presupuesto del Municipio de Natá.
Con el objeto de evaluar la gestión presupuestaria del Municipio de Natá, la información sobre la
ejecución presupuestaria de gasto se elaborará sobre la base del compromiso, el devengado y el pago
realizado por todos los bienes y servicios recibidos.
ARTICULO 5. PRINCIPIO GENERAL. No se podrá tramitar la adquisición de bienes y servicios, si
en el presupuesto no se cuenta con la partida asignada específica que autoriza el gasto; ni se podrá realizar
ningún pago, sino se ha cumplido previamente con la formación del registro presupuestario de esta
obligación.
ARTICULO 6. ASIGNACIONES MENSUALES: Los departamentos del Municipio presentaran al
Tesoro Municipal o a la persona encargada del presupuesto, a más tardar quince (15) días después de
aprobado el Proyecto de Acuerdo de Presupuesto por el Concejo Municipal, las solicitudes de asignación
mensual de gastos. El Tesoro Municipal o la persona encargada del presupuesto elaborarán el flujo de
caja por mes para el periodo fiscal.
Las autorizaciones máximas de gastos de funcionamiento en inversión se distribuirán en asignaciones
mensuales para que no necesariamente sean iguales. Las asignaciones mensuales serán aprobadas para
cada partida por el Tesoro Municipal o la persona encargada del presupuesto, basándose en los programas
de trabajo, cronogramas de actividades y en la previsión del comportamiento de los ingresos.
ARTICULO 7. UNIDAD DE CAJA. Todos los ingresos del Municipio deberán consignarse en el
Presupuesto y se depositaran en la cuenta del Tesoro Municipal, en el Banco Nacional de Panamá, contra
el cual se expedirá toda orden de pago para cubrir los compromisos causados por las autorizaciones de
gastos, originadas en sus distintas dependencias.
ARTICULO 8. FASES DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS. La ejecución del
presupuesto de gastos se realiza en tres etapas secuenciales: Compromiso, Devengado y Pago; conceptos
que se definen a continuación:
COMPROMISO: Es la solicitud de adquisición de bienes o servicios independientemente de su entrega,
pago o consumo, y constituye toda obligación financiera adquirida por el Municipio, que conlleva una
erogación a favor de terceros con cargo a la disponibilidad de fondos de la respectiva partida del periodo
fiscal vigente.
DEVENGADO: Es el recibo de bienes o servicios entregados por parte del proveedor sin considerar el
momento en que se consume, y constituye la obligación de pagar por los bienes o servicios recibidos.
PAGO: Constituye la emisión y entrega de cheques o efectivo de caja menuda a favor de los proveedores,
por los bienes y servicios recibidos.
-2-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR