Acuerdo N° 11. Por el cual se crea el cargo de relacionista público del consejo municipal, que formará parte de la estructura de personal del municipio de aguadulce y se le asignan funciones.

Fecha de publicación29 Mayo 2023
Fecha31 Enero 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE AGUADULCE / COCLÉ
No. 29791 Gaceta Oficial Digital, lunes 29 de mayo de 2023 1
ACUERDO
Nº.11
(De 31 de enero de 2023)
Por el cual se crea el cargo de Relacionista Público del Concejo Municipal, que formará parte de
la estructura de personal del Municipio de Aguadulce y se le asignan funciones.
EL
CONCEJO
MUNICIPAL
DE
AGUADULCE,
CONSIDERANDO:
Que el numeral 6 del artículo 17 de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, modificada por la Ley
52 de 1984 establece que corresponde a los Concejos Municipales la función de crear o suprimir
cargos municipales y determinar sus funciones, periodos, asignaciones y viáticos, de
conformidad con lo que disponga la Constitución y las leyes vigentes;
Que en función de la competencia antes citada, este Concejo estima conveniente
la
creación del
cargo de Relacionista Público del Concejo Municipal, de modo tal que entre a formar parte de
la
estructura de personal del Municipio de Aguadulce;
Que en el Presupuesto Municipal para la vigencia fiscal del año 2023 se cuenta con la partida en
el Concejo Municipal, codificada 507.0.1.01.01.001.001 Personal Fijo (Sueldos), para pagar el
salario del Relacionista Público;
ACUERDA:
ARTÍCULO
l.
Crear el cargo de Relacionista Público del Concejo Municipal de Aguadulce,
en el Departamento del Concejo Municipal con
la
codificación 507.0.1.01.01.001.001 Personal
Fijo (Sueldos) del Presupuesto Municipal para
la
vigencia fiscal del año 2023, el cual devengará
un salario bruto de seiscientos balboas (B/.600.00) mensuales.
ARTÍCULO
2.
El Relacionista Público del Concejo Municipal asistirá al Concejo como
Corporación, a los Honorables Concejales Representantes y sus Juntas Comunales, para dar a
conocer al público los Acuerdos, Resoluciones, anuncios publicitarios y demás actos y/o
actividades que deban ser de conocimiento de las comw1idades y que estén enteradas del
contenido de dichas decisiones o actos administrativos.
ARTÍCULO
3.
Son deberes del Relacionista Público del Concejo Municipal de Aguadulce:
Asistir puntualmente con derecho a voz a todas las reuniones del Concejo Municipal.
Promulgar los Acuerdos, Resoluciones y decisiones del Concejo Municipal, a través de los
medios de comunicación a su alcance.
Organizar y dirigir los progranias y campañas publicitarias.
Coordinar y preparar los artículos, reportajes, boletines, folletos y otras actividades de
divulgación.
Coordinar lo relacionado a las celebraciones de las actividades sociales, culturales y
deportivas, incluyendo ruedas de prensa, exposiciones de murales y de otra índole similar.
Establecer los contactos necesarios para la divulgación de los informes noticiosos de la
institución.
Asesorar a los funcionarios jefes de departamentos municipales de la institución
en
las
entrevistas con los periodistas, radioemisoras, televisoras y demás medios de difusión.

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