Acuerdo N° 11. Por medio del cual, se aprueba la exoneración completa de impuesto de fosa del cementerio municipal del distrito de san miguelito del señor gilberto paterson (q.e.p.d.).

Fecha de publicación02 Marzo 2023
Fecha24 Enero 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
MUNICIPIO
DE SAN
MIGUELITO
CONCEJO
MUNICIPAL
DE
SAN
MIGUELITO
ACUERDO
No. 11
(Del 24 de enero de 2023)
"Por medio del cual, se aprueba la exoneración completa de impuesto de
fosa del Cementerio Municipal del Distrito de San Miguelito del señor
GILBERTO PATERSON (Q.E.P.D.)"
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
SAN
MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el Pleno de esta Cámara Edilicia el Honorable Concejal JUAN BARSALLO, ha presentado solicitud de
exoneración de impuesto por
e]
pago de fosa en
el
Cementerio Municipal de San Miguelito durante dos (2) afios del
sefior GILBERTO PATERSON (Q.E.P.D).
Que, luego de una amplia explicación la solicitud fue analizada, revisada, discutida y aprobada en Sesión Ordinaria
Municipal, por lo que luego
de]
análisis realizado, ésta Cámara Edilicia considera que es oportuno y pertinente acceder
a la misma.
Que, es facultad del Concejo Municipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos, derechos y tasas de
conformidad con el Artículo 248 de la Constitución Política de la República de Panamá.
Que, el Artículo 14 de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, establece que: Los Concejos Municipales regularán la vida
jurídica
de
los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de ley dentro del respectivo Distrito.
ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO:
APROBAR,
como en efecto aprobamos, la exoneración por dos (2) años del impuesto de
fosa en el Cementerio Municipal de San Miguelito, del señor GILBERTO PATERSON (Q.E.P.D.), con cédula No.1-
17-923 a favor de RUBÉN DE URRIOLA PATERSON, con cédula No.8-502-518, por la suma de DOSCIENTOS
OCHENTA BALBOAS (B/.280.00)
ARTÍCULO
SEGUNDO: Notificar el contenido del presente Acuerdo a la Dirección de Tesorería, para que realicen
las adecuaciones correspondientes y no se vean afectadas las finanzas municipales y así no se proceda con el cobro
de dicho gravamen haciendo la aclaración que dicha exoneración será aplicable exclusivamente por el monto
establecido en el artículo anterior.
ARTÍCULO
TERCERO:
Este Acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación y sanción.
Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal del Distrito de San Miguelito, a los veinticuatro (24) días del
mes de enero del año dos mil veintitrés (2023).
Vicepresidente del Concejo Municipal
ZLINARES
Fecha: G D -/ -
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Alcalde

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