Acuerdo N° 110. Por medio del cual, se aprueba exoneración completa del impuesto de circulación vehicular a favor del señor alvaro lozano roque.

Fecha de publicación23 Noviembre 2022
Fecha04 Octubre 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29669 Gaceta Oficial Digital, miércoles 23 de noviembre de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MUNICIPIO
DE
SAN
MIGUELITO
CONCEJO
MUNICIPAL DE SAN lVIIGUELITO
ACUERDO
No. 110
(Del 4 de octubre de 2022)
"Por
medio del cual, se aprueba exoneración completa del impuesto
de circulación vehicular a favor del señor AI.,V
ARO
LOZANO
ROQUE"
EL
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
SAN
MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el pleno de esta Cámara se
ha
presentado tma solicitud de exoneración completa de impuesto
de placa de circulación vehicular de dos motos a favor del señor AL V
ARO
LOZANO
ROQUE,
que
mantiene inscrito sus vehículo tipo moto
en
el Mvnicipio de San Miguelito.
Que,
la
petición fue analizada, revisada, discutida y aprobada
en
Besión de Concejo
por
urgencia,
por
lo
que luego del análisis realizado, está Cámara Edilicia considera que es oportuno y pertinente acceder a
la
exoneración de esté contribuyente.
Que, es facultad del Concejo Municipal conceder exenciones o
e1~oneraciones
de impuestos, derechos y
tasas, de conformidad
con
el Artículo 248 de
la
Constitución Política de
la
República de Panamá.
Que, el Artículo 14 de
la
Ley 106 de 8 de octubre de 1973, establece que: Los Concejos Municipales
regularán
la
Vida
Jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de Ley dentro del
respectivo distrito.
AC,JERDA:
ARTICULO
PRIMERO:
APROBAR, como
en
efecto lo hacemos, exoneración completa del impuesto
de placa de circulación vehicular tipo moto a favor del señor
AL
V ARO
LOZANO
ROQUE,
con
cédula
No. PE-2-490, propietario de las moto con placa No. ME-2875, No. ME2876,
por
la
suma de
SEICIENTOS
SESENTA Y
OCHO
BALBOAS (B/.668.00) y
:;e
ordena sacarlas
de
circulación.
ARTICULO
SEGUNDO: Notificar el contenido del presente Acuerdo a
la
Dirección de Tesorería
Municipal y al Departamento de Vehículo,
para
que realicen las adecuaciones correspondientes y
no
se
vean afectadas las finanzas municipaies y así no se proceda con d cobro de dicho gravamen.
ARTÍCULO
TERCERO:
Este Acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación, sanción y posterior
promulgación
Dado
en
el Salón de Sesiones del Concejo Municípal del Distrito de San Miguelito, a los cuatro (4) días
del
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octubre del año dos mil veintidós (2022).
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