Acuerdo N° 114. Por medio del cual, se aprueba la exoneración completa de impuesto de fosa del cementerio municipal del distrito de san miguelito de la menor melany itzel jaramillo cedeño (q.e.p.d.).

Fecha de publicación24 Noviembre 2022
Fecha11 Octubre 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29670 Gaceta Oficial Digital, jueves 24 de noviembre de 2022 1
REPÚBLICA DE P
ANAM:Á
MUNICIPIO DE SAN
MIGUELITO
CONCEJO
MUNICIPAL DE SAN J\11GUELITO
ACUERDO
No.
114
(Del
11
de octubre de 2022)
"Por medio del cual,
se.ap~µeba
la exoneración completa de impuesto
de
fosa del cementerio
ni'unicipal
del distrito
de
San Miguelito de la
menor MELANY ITZEL JA RAMILLO CEDEÑO (Q.E.P.D.)"
CONCEJO MUNICIPAL DEI, DISTRITO DE SAN MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el Pleno de esta Cámara Edilicia
el
Honorable Concejal Suplente Collette Barrios, ha
presentado solicitud de exoneración de impuesto por el pago de fosa en el cementerio municipal de
San Miguelito para la menor MELANY ITZEL JARAMILLO CEDEÑO (Q.E.P.D).
Que, luego de una amplia explicación la solicitud fue analizada, revisada, discutida y aprobada en
Sesión Ordinaria Municipal, por lo que luego del análisis realizado, ésta Cámara Edilicia considera
que es oportuno y pertinente acceder a la misma.
Que, es facultad del Concejo Mmlicipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos,
derechos y tasas de conformidad con el Artíeuto 248 de la Constitución Política de la República de
Panamá.
Que, el Artículo 14 de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, establece que: Los Concejos Municipales
regularán la Vida Jurídica de los Municipios por medio de
Acrn~rdos
que tienen fuerza de Ley dentro
del respectivo distrito.
ACUERDA~
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, como en efecto aprobamos, la Exoneración Completa del
Impuesto de Fosa en el Cementerio Municipal de San Migudito de la menor MELANY ITZEL
JARAMILO CEDEÑO (Q.E.P.D.), con cédula No.8-1265-1138, a favor de su mamá ODALIS
ESTHER CEDEÑO MARTÍNEZ con cédula No.2-704-51 , por la suma de DOSCIENTOS
OCHENTA BALBOAS (B/.280.00).
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar el contenido del presente Acuerdo a la Dirección de Tesorería,
para que realicen las adecuaciones correspondientes y no se ve;m afectadas las finanzas municipales
y así no se proceda con el cobro de dicho gravamen haciendo la aclaración que dicha exoneración
será aplicable exclusivamente por el monto establecido
en
el mtículo anterior.
ARTÍCULO TERCERO: Este Acuerdo empezará a regir::• partir de su aprobación, sanción y
promulgación.
Dado
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Salón de Sesiones del Concejo Municipal del distrito de San Miguelito, a los once (11)
días
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octubre del año dos mil veintidós (2022).
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H.C. CÉSAR CABALLERO z ;
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