Acuerdo N° 12. Por medio del cual, el honorable consejo municipal del distrito de la pintada, modifica el acuerdo municipal no.11 del 19 de septiembre de 2018, que concesiona el servicio de recolección transporte y disposición final de los residuos sólidos generados por los centros educativos públicos del distrito de la pintada y el mantenimiento de las áreas verdes perimetrales y se establece el valor de estos servicios, autorizando al señor alcalde municipal del distrito de la pintada a realizar una prórroga de la contratación directa, por urgencia notoria, que concesiona de manera temporal el servicio público de corte de césped perimetral externo y recolección de residuos sólidos generados por los centros públicos, operados por el ministerio de educación (meduca) del distrito de la pintada, con la empresa soluciones integrales urbano ambientales, s.a. sociedad anónima debidamente inscrita en la sección de micropelículas del registro público con el número de ruc 2544634-1-825461 dv 83, para que realice el s

Fecha de publicación28 Julio 2023
Fecha28 Junio 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE LA PINTADA / COCLÉ
No. 29835 Gaceta Oficial Digital, viernes 28 de julio de 2023 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
PROVINCIA
DE
COCLÉ
CONCEJO MUNICIPAL DE
LA
PINTADA
ACUERDO 12
(DEL 28
DE
JUNIO
DE
2023)
"POR MEDIO DEL CUAL,
El
HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
LA
PINTADA, MODIFICA EL ACUERDO MUNICIPAL
N0.11DEL19
DE SEPTIEMBRE DE 2018,
QUE CONCESIONA
El
SERVICIO DE RECOLECCIÓN TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN
FINAL
DE
LOS RESIDUOS SÓLIDOS GENERADOS POR LOS CENTROS EDUCATIVOS
PÚBLICOS DEL DISTRITO
DE
LA
PINTADA Y
El
MANTENIMIENTO
DE
LAS ÁREAS
VERDES PERIMETRALES Y SE ESTABLECE
El
VALOR
DE
ESTOS SERVICIOS,
AUTORIZANDO
Al
SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
LA
PINTADA A
REALIZAR UNA PRÓRROGA DE
LA
CONTRATACIÓN DIRECTA, POR URGENCIA
NOTORIA, QUE CONCESIONA DE MANERA TEMPORAL
El
SERVICIO PÚBLICO
DE
CORTE
DE
CÉSPED PERIMETRAL EXTERNO Y RECOLECCIÓN
DE
RESIDUOS SÓLIDOS
GENERADOS POR LOS CENTROS PÚBLICOS, OPERADOS POR
El
MINISTERIO
DE
EDUCACIÓN (MEDUCA) DEL DISTRITO DE
LA
PINTADA, CON
LA
EMPRESA
SOLUCIONES INTEGRALES URBANO AMBIENTALES, S.A. SOCIEDAD ANÓNIMA
DEBIDAMENTE INSCRITA
EN
LA
SECCIÓN DE MICROPELÍCULAS DEL REGISTRO
PÚBLICO CON
El
NÚMERO
DE
RUC 2544634-1-825461 DV 83, PARA QUE REALICE
El
SERVICIO ARRIBA DESCRITO Y SE ESTABLECE
El
VALOR DE
LA
TASA DE ASEO POR
EL CORTE DE CÉSPED".
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
DE
LA
PINTADA EN USO
DE
SUS
FACULTADES LEGALES
CONSIDERANDO
Que el artículo 118 de
la
Constitución Política de
la
República, señala que es deber fundamental
del Estado garantizar que la población viva en un ambiente sano y libre de contaminación, en
donde el aire, el agua y los alimentos satisfagan los requerimientos del desarrollo adecuado de
la
vida humana.
Que el numeral 4 del artículo 242 de la Constitución Política de la República de Panamá
establece que una de las atribuciones del Concejo Municipal es
la
aprobación o el rechazo de
la
celebración de contratos sobre concesiones y otros modos de prestación de servicios
públicos y lo relativo a la construcción de obras públicas municipales.
Que el numeral 14 del artículo 17 de
la
Ley No. 106 de 8 de octubre de 1973, modificado por la
Ley No. 66 de 29 de octubre de 2015, señala que compete al Concejo Municipal establecer y
reglamentar el servicio de aseo urbano y domiciliario de sus poblaciones; y procurar los medios
de aprovechamiento de los desechos y residuos.
Que el artículo 14 de
la
Ley No. 106 de 8 de octubre de 1973, sobre régimen municipal,
establece que los Concejos Municipales regularan la vida jurídica de los Municipios por medio
de Acuerdos que tienen fuerza de Ley dentro del respectivo distrito.
Que el Distrito de LA PINTADA tiene la obligación de atender las necesidades de la población
que atañen al gobierno municipal, mediante concesiones, o alianzas público -privadas que
respondan a ese interés.
Que, a
la
fecha, no ha podido suscribirse un Convenio efectivo entre el Municipio de LA
PINTADA y el Ministerio de Educación (MEDUCA) que haga efectiva la citada prórroga, por lo
que, ante el vencimiento de esta, el próximo año, resulta necesario hacer una prórroga o
extensión de
la
vigencia de la concesión.
Que la empresa Soluciones Integrales Urbano Ambientales S.A. ha ejercido de manera eficaz
el servicio de recolección de residuos sólidos y el de corte de césped perimetral externo

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