Acuerdo N° 13. Por medio del cual el consejo municipal del distrito de soná aprueba el presupuesto de inversión anual financiado con los aportes del impuesto de bienes inmuebles (ibi) de la vigencia fiscal 2022, reprograma saldos disponibles correspondientes a la transferencia de saldos no comprometidos de la estructura de inversión de 2016 a 2020, y transfiere los remanentes de los objetos de gastos del presupuesto anual de la transferencia de bien inmueble del año 2021.

Fecha de publicación07 Marzo 2022
Fecha15 Febrero 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SONÁ / VERAGUAS
No. 29489 Gaceta Oficial Digital, lunes 07 de marzo de 2022 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
PROVINCIA
DE
VERAGUAS
DISTRITO
DE SONÁ
CONCEJO
MUNICIPAL
DE SONÁ
ACUERDO
N°13
(Del
15
de
febrero
deI 2022)
POR
MEDIO
DEL CUAL
EL
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE SONÁ
APRUEBA
EL
PRESUPUESTO
DE
17N
VERSION
ANUAL
FINANCIADO
CON
LOS
APORTES
DEL
IMPUESTO
DE
BIENES
INMUEBLES
(181)
DE
LA
VIGENCIA
FISCAL
2022,
REPROGRAMA
SALDOS
DISPONIBLES
CORRESPONDIENTES
A
LA
TRANSFERENCIA
DE
SALDOS
NO
COMPROMETIDOS
DE
LA
ESTRUCTURA
DE
INVERSIÓN
DE
2016
A
2020,
Y
TRANSFIERE
LOS
REMANENTES
DE
LOS
OBJETOS
DE
GASTOS DEL
PRESUPUESTO
ANUAL
DE
LA
TRANSFERENCIA
DE
BIEN
INMUEBLE
DEL
AÑO
2021.
EL
CONCEJO MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
SONÁ
EN
PLENO
USO DE
SUS
FACULTADES
LEGALES
Y;
CONSIDERANDO:
Que
el
artículo
233
de
la
Constitución Política
de
la
República
de
Panamá,
dispone
al
Municipio,
como
entidad
ifindamental
de
la
división
político-administrativa
del
Estado,
con
gobierno
propio,
democrático
y
autónomo,
le
corresponde
prestar
los
servicios
públicos
y
construir
las
obras
públicas
que
determine
la
Ley,
ordenar
el
desarrollo
de
su
territorio,
promover
la
participación
ciudadana,
así
como
el
mejoramiento
social
y
cultural
de
sus
habitantes
y
cumplir
las
demás
funciones
que
le
asigne
la
Constitución
y
la
Ley.
Que
la
ley
106
de
1973,
en
su
artículo
14
dispone
que
los
Concejos Municipales regularán
la
vida
jurídica
del
Municipio,
por
medio
de
Acuerdos
que tienen
fuerza
de
ley
dentro
del
respectivo
Distrito.
Que
es
función
del
Concejo
Municipal aprobar, derogar
y
modificar
los
acuerdos
Municipales,
resoluciones
y
demás
actos
administrativos.
Que
mediante
la
Ley
37
del
29
de
junio
de
2009,
reformada
por
la
Ley
66 del
29
de
octubre
de
2015
y
Reglamentada
por
el
Decreto Ejecutivo
10
del
6
de
enero de
2017,
y
las
normas
reglamentarias
subsiguientes,
el
cual tiene
por
objetivo
general
garantizar
la
realización
del
Proceso
de
Descentralización
de
la
Administración
Pública
en
Panamá;
mediante
la
transferencia
de
recursos
necesarios
a
los
gobiernos
locales
en
coordinación
con
el
Gobierno
Central.
Que
el
Plan
Anual
de
Obras
e
Inversiones,
es
un
instrumento
de
planificación
de
la
inversión
pública
local
que
integra
la
prioridad
de
las
necesidades
a
escala
de
los
corregimientos
del
distrito,
sobre
las
bases
del
desarrollo
con
equidad
y
previendo mejorar
la
calidad
de
vida
de
los
ciudadanos,
en
proyectos
realmente
prioritarios
para
la
población
de
cada
municipio.
Que
es
ifinción
del
Alcalde
Municipal
como
autoridad
del
Distrito,
presentar
al
Concejo
Municipal
el
proyecto
de
Acuerdo, especialmente
el
Presupuesto
de
Inversión
de
la
Vigencia
Fiscal 2022 que
contendrá
el
Programa
de
descentralización
según
la
ley
66
del 29
de
octubre
de
2015.
Que
en
vista
de,
que
el
señor
Alcalde
Municipal,
ha
presentado
como
primera
autoridad
del
distrito
el
proyecto
de
presupuesto
para
la
utilización
de los
Fondos
provenientes
del
Impuesto
de
Bienes
Inmuebles
(IBI),
el
cual
ha sido
sometido
a
consultas
de
participación
ciudadana, requiere para
los
fines
subsiguientes,
la
aprobación
del
pleno
del
concejo
municipal
del
Distrito.
Que
para
los
fines
pertinentes
y
en
cumplimiento
con
lo
establecido
en
el
artículo
112
-G,
Numeral
1
de
la
Ley
66
del
29
de
octubre
de
2015
el
mismo
debe
ser aprobado
con
las
tres
cuartas partes
(3/4)
de
los
miembros
del
Concejo Municipal.
st

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