Acuerdo Nº 13 de Superintendencia de Bancos, 2022

Año2022
Número de acuerdo13
Fecha22 Noviembre 2022
Tipo de documentoAcuerdo
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
ACUERDO No. 013-2022
(22 de noviembre de 2022)
“Que adiciona el artículo 3-A al Acuerdo No. 1-2010 sobre integridad y veracidad de
la información contenida en los estados financieros
LA JUNTA DIRECTIVA
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que a raíz de la emisión del Decreto Ley No. 2 de 22 de febrero de 2008, el Órgano Ejecutivo
elaboró una ordenación sistemática en forma de texto único del Decreto Ley No. 9 de 26 de
febrero de 1998 y todas sus modificaciones, la cual fue aprobada mediante el Decreto
Ejecutivo No. 52 de 30 de abril de 2008, en adelante la Ley Bancaria;
Que en atención a lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 5 de la Ley Bancaria, son
objetivos de la Superintendencia de Bancos velar porque se mantenga la solidez y eficiencia
del sistema bancario; así como fomentar la confianza pública en el sistema bancario;
Que de conformidad con el numeral 5 del artículo 11 de la Ley Bancaria, son atribuciones de
carácter técnico de la Junta Directiva, fijar en el ámbito administrativo, la interpretación y
alcance de las disposiciones legales o reglamentarias en materia bancaria;
Que de conformidad con el artículo 87 de la Ley Bancaria, los bancos de licencia general e
internacional deberán presentar, dentro de los tres meses siguientes al cierre de cada
ejercicio fiscal, sus correspondientes estados financieros auditados observando las normas
de contabilidad, técnicas y prudenciales que establezca esta Superintendencia;
Que el artículo 88 de la Ley Bancaria, establece que los bancos deberán publicar en un diario
de circulación nacional en la República de Panamá, copia sin firma de sus estados
financieros auditados, con sus respectivas notas aclaratorias, si las hubiere, dentro de los
treinta días posteriores a su presentación a esta Superintendencia;
Que la publicación y exhibición de los estados financieros en un diario de circulación nacional
permite que el público general obtenga información acerca de la situación financiera que
presentan las entidades bancarias para la toma de sus decisiones económicas y una mayor
transparencia y confianza en el sistema financiero;
Que con el objetivo de contribuir a la sostenibilidad ambiental, la Superintendencia de
Bancos de Panamá como parte de su gestión ha implementado distintas acciones a lo interno
de la institución destinadas a reducir el impacto de la impresión de papel en el medio
ambiente, mediante la revisión de la información documentada, apoyados en el uso de
herramientas digitales y la firma electrónica;
Que el Acuerdo No. 1-2010 de 19 de enero de 2010 establece los lineamientos que deben
seguir los bancos para garantizar la veracidad e integridad de la información contenida en
los estados financieros y las formalidades para su remisión a esta Superintendencia;

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