Acuerdo N° 132. Por medio del cual, se aprueba la exoneración completa de impuesto de fosa del cementerio municipal del distrito de san miguelito del señor carlos peterson bernal (q.e.p.d.).

Fecha de publicación24 Enero 2023
Fecha06 Diciembre 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29707 Gaceta Oficial Digital, martes 24 de enero de 2023 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MUNICIPIO
DE SAN
MIGUELITO
CONCEJO
MUNICIPAL DE SAN
MIGUELITO
ACUERDO No. 132
(Del 6 de diciembre de 2022)
"Por medio del cual, se aprueba la exoneración completa de impuesto de
fosa del cementerio municipal del distrito de San Miguelito del señor
CARLOS PETERSON BERNAL (Q.E.P.D.)"
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
SAN
MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el Pleno de esta Cámara Edilicia el Honorable Concejal CÉSAR CABALLERO,
ha
presentado solicitud de exoneración de impuesto por el pago de fosa en el cementerio municipal de
San Miguelito del señor CARLOS PETERSON BERNAL (Q.E.P.D).
Que, luego de una amplia explicación la solicitud fue analizada, revisada, discutida y aprobada en
Sesión Ordinaria Municipal, por lo que luego del análisis realizado, ésta Cámara Edilicia considera
que es oportuno y pertinente acceder a
la
misma.
Que, es facultad del Concejo Municipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos,
derechos y tasas de conformidad con el Artículo 248 de la Constitución Política de
la
República de
Panamá.
Que, el Artículo 14 de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, establece que: Los Concejos Municipales
regularán la Vida Jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de Ley dentro
del respectivo distrito.
ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO:
APROBAR, como
en
efecto aprobamos, la exoneración completa del
impuesto de fosa en el cementerio municipal de San Miguelito del señor CARLOS PETERSON
BERNAL (Q.E.P.D.), con cédula No.8-203-1292, a favor de su hijo CARLOS ANTONIO
PETERSON ARROCHA, con cédula No.8-754-2209, por la suma de
DOSCIENTOS
OCHENTA
BALBOAS (B/.280.00).
ARTÍCULO
SEGUNDO: Notificar el contenido del presente Acuerdo a
la
Dirección de Tesorería,
para que realicen las adecuaciones correspondientes y no se vean afectadas las fmanzas municipales
y así no se proceda con el cobro de dicho gravamen haciendo
la
aclaración que dicha exoneración
será aplicable exclusivamente por el monto establecido en el artículo anterior.
ARTÍCULO
TERCERO:
Este Acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación, sanción y
promulgación.
Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal del distrito de San Miguelito, a los seis (6) días
del mes de · ciembre, del año dos mil veintidós (2022).
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