Acuerdo N° 133. Por medio del cual, se aprueba la exoneración de impuesto de fosa del cementerio municipal del distrito de san miguelito de la joven ahimet solange rivas córdoba (q.e.p.d.).

Fecha de publicación24 Enero 2023
Fecha13 Diciembre 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29707 Gaceta Oficial Digital, martes 24 de enero de 2023 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MUNICIPIO DE SAN
MIGUELITO
CONCEJO
MUNICIPAL DE SAN
MIGUELITO
ACUERDO
No.133
(Del
13
de diciembre de 2022)
"Por medio del cual, se aprueba la exoneración de impuesto de
fosa del cementerio municipal del distrito de San Miguelito de la
Joven AHIMET SOLANGE RIV AS CÓRDOBA (Q'.E.P.D.)"
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
SAN
MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el Pleno de esta Cámara Edilicia la Honorable Concejal Gertrudis Kirton,
ha
presentado
solicitud de exoneración
de
impuesto por el pago de fosa en el cementerio municipal de San
Miguelito de la Joven AHIMET SOLANGE RIV AS CÓRDOBA (Q.E.P.D).
Que, luego de una amplia explicación la solicitud fue analizada, revisada, discutida y aprobada en
Sesión. Ordinaria Municipal, por lo que luego del análisis realizado, ésta Cámara Edilicia considera
que es oportuno y pertinente acceder a la misma.
Que, es facultad del Concejo Municipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos,
derechos y tasas de conformidad con el Artículo 248 de la Constitución Política de
la
República de
Panamá.
Que, el Artículo 14 de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, establece que: Los Concejos Municipales
regularán la Vida Jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de Ley dentro
del respectivo distrito.
ACUERDA: ·
ARTÍCULO
PRIMERO:
APROBAR, como
en
efecto aprobamos, la exoneración del impuesto
de fosa en el cementerio municipal de San Miglielito de la AHIMET SOLANGE RIV AS
CÓRDOBA (Q.E.P.D.), con cédula No.5-719-2387 a
fa,vor
de su, mamá Y AMILETH CÓRDOBA
con cédula No.5-714-604, por la suma de
CIENTO
CiJ.ArutN.TA BALBOAS (B/.140.00).
ARTÍCULO
SEGUNDO: Notificar el contenido del presente Acuerdo a la Dirección de Tesorería,
para que realicen las adecuaciones correspondientes y no se vean afectadas las finanzas municipales
y así no se proceda con el cobro de dicho gravamen haciendo la aclaración que dicha exoneración
será aplicable exclusivamente por
el
monto establecido en el artículo anterior.
ARTÍCULO
TERCERO:
Este Acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación, sanción y
promulgación.
Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal del distrito de San Miguelito, a los trece (13)
días del mes de diciembre, del año dos mil veintidós (2022).
),
~r'-
H.
C.
DIXIA
DE
AH
CHONG
Vicepresidenta del Concejo Municipal

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