Acuerdo N° 14. Por medio del cual se aprueba la exoneración completa de impuesto de placa de circulación vehicular al señor josé santos bustamante de león.

Fecha de publicación04 Marzo 2022
Fecha01 Febrero 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29488 Gaceta Oficial Digital, viernes 04 de marzo de 2022 1
REPUBLICA
DE
PANAMA
MUNICIPIO
DE
SAN
MIGUELITO
CONCEJO
MUNICIPAL
DE
SAN
rvIIGUELITO
ACUERDO
No.14
(Del
1
de
febrero
de
2022)
Por
medio
del
cual
se
aprueba
la
exoneración
completa
de
Impuesto
de
placa
de
Circulación
Vehicularal
señor
JOSE
SANTOS
BUSTAMANTE
DE
LEON
EL CONCEJO
MUNICEPAL
DEL
DISTRITO
DE
SAN
MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que
ante
el
pleno
de
esta
Cñmara
Edilicia
se
ha
solicitado
la
exoneración
completa
del
impuesto
de
placa
de
circulación
vebleular
favor
del
señor
JOSE
SANTOS
DE
LEON,
con
cédula
de
identidad
No.8-1
56-549.
Que
la
petición
fue
analizada, revisada,
discutida
y
aprobada,
por
lo
que
luego
del
análisis realizado.
ésta
Cámara
Edilicia
considera
que
es
oportuno
y
pertinente
acceder
a
la
solicitud
planteada.
Que
es
facultad
del
Concejo
Municipal
conceder
exenciones
o
exoneraciones
de
impuestos.
derechos
y
tasas,
de
conformidad
con
el
Articulo
24
de
la
Constitución
Política
de
la
República
de
Panamá.
Que
el
Artículo
14
de
la
Ley
106
de
8
de
octubre
de 1973,
establece
que:
Los
Concejos Municipales
regularan
la
Vida
Jurídica
de
los
Municipios
por medio
de
Acuerdos
que tienen
fuerza
de
Ley
dentro
del
respectivo
Distrito.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRfl’IERO: RECONOCER.
como
en
efecto
lo
hacemos,
la
exoneración completa
del
Impuesto
de
Placa
de
circulación
vehiculai’,
a
flivor
del
señor
JOSE
SANTOS
BUSTAMANTE
DE
LEON,
con
cédula
de
identidad
Persona!
No.8-156-549, propietario
de los
vehiculos
con
placa
No.368887;
y
placa
No.744
1
ya
que
los
mismos
dejaron
de
circular
desde
el
año
2000,
por
la
suma
de
MIL
QUINIENTOS
CINCUENTA
Y
NUEVE
BALBOAS CON
CINCUENTA
CENTAVOS
(B/1,559.5O)
y
se
ordena
sacarlo
de
circulación.
ARTÍCULO
SEGUNDO
Notificar
del
contenido
del
presente
j-\cuerdo
a
la
Dirección
de
Tesorería
Municipal
y
al
Departamento
de
Vehículo,
para
que
realicen
las
adecuaciones correspondientes
yno
se
vean
afectadas
las
finanzas
municipales
y
así
no
se
proceda
con
el
cobro
de
dicho
gravamen.
ARTÍCULO TERCERO:
Este
Acuerdo empezará
a
regir
a
partir
de
su
aprobación,
sanción
y
posterior
promulgación.
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SANCIONADO:
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Acuerdo
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del
año
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veintidós
(2022).
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Municipal

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