Acuerdo N° 14. Por medio del cual se aprueba el uso de los fondos ibi 2022, remanentes no comprometidos asignados al municipio de chame, para cubrir gastos de funcionamiento de la alcaldía y juntas comunales del distrito de chame.

Fecha de publicación12 Enero 2023
Fecha29 Diciembre 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE CHAME / PANAMÁ
No. 29699-A Gaceta Oficial Digital, jueves 12 de enero de 2023 1
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Repúbnca
de
Panamá
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Por medio del cual se aprueba el uso de los fondos
181
2022, remanentes no
comprometidos
asignados
al
Municipio de Chame, para cubrir gastos de
funcionamiento de la Alcaldía y Juntas Comunales del Distrito
de
Chame.
EL
CONCEJO
MUNICIPAL DE CHAME
EN
PLENO
USO DE SUS FACULTADES LEGALES, Y
CONSIDERANDO:
Que la ley número 338 del 14
de
noviembre del 2022, que modifica la ley 37 del 2009, que
descentraliza la administración pública y dicta otras disposiciones, establece:
Artículo 112-D
Parágrafo transitorio: Durante la vigencia fiscal del año 2022, los municipios podrán destinar hasta
el
40%
del monto final que reciban en concepto del impuesto de inmuebles, incluyendo todos los remates
no comprometidos a la fecha, para gastos
de
funcionamiento administrativo y obras sociales. Los
Municipios cubrirán los gastos de funcionamiento conforme a lo establecido en el presupuesto de
gastos.
La distribución
de
los fondos se hará, mediante acuerdo municipal, en proporción a sus respectivos
gastos
de
funcionamiento.
El
monto que reciban en este concepto será transferido a las juntas
comunales según se establece en dicho acuerdo.
Una vez asegurado el recurso para funcionamiento administrativo del municipio, y antes la existencia
de
remanentes de las partidas
de
funcionamiento, tanto las alcaldías como las juntas comunales
podrán destinar parte de estos recursos para financiar proyectos
de
inversión, previa consulta a la
ciudadanía mediante la audiencia pública como mecanismo de participación ciudadana.
Artículo
2.
El
numeral 8 del artículo 112-E de la Ley 37
de
2009 queda así:
Articulo 112 E-. Se podrán destinar recursos procedentes del impuesto
de
inmuebles a las áreas y
asuntos siguientes:
8- Gastos de funcionamiento administrativo y obras sociales
de
inversión
de
los municipios durante
la vigencia fiscal 2022.
Artículo
3.
El
numeral 5 del artículo 112-G de la Ley 37 de 2009 queda así:
Artículo 112-G. Los fondos municipales provenientes del impuesto
de
inmueble
Se distribuirán entre las juntas comunales y las alcaldías con base en los criterios siguientes:
5.
Hasta el
31
de
diciembre
de
2022, los municipios distribuirán los fondos provenientes del impuesto
de
inmueble en proporción a los gastos operativos
de
cada unidad administrativa, tomando en cuenta
los servicios que prestan a la comunidad, extensión territorial y la densidad
de
la población.
Que los remanentes no comprometidos
de
los fondos asignados IBI
al
Municipio
de
Chame para la
vigencia fiscal 2022 han sido certificados por la Oficina
de
descentralización municipal y son
por
un
monto
de
ciento treinta mil balboas (B/ 130,000.00).
ACUERDA:
Artículo 1: aprobar el uso
de
los remanentes no comprometidos
de
los fondos asignados
181
al
Municipio de Chame para la vigencia fiscal 2022
un
monto
de
ciento treinta mil balboas (B/
130,000.00) en los gastos
de
funcionamiento de la alcaldía y las juntas Comunales.
Artículo 2: los fondos serán asignados de la siguiente forma:
Juntas Comunales
de
los
11
corregimientos: B/ 66,000.00 (B/ 6,000.00 C/U)
Alcaldía del Distrito: B/ 64,000.00 Certfico
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Fiel copia de su Original
Concejo de Chame.12..3.
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