Acuerdo N° 15. Por medio del cual se aprueba la exoneración completa de impuesto de fosa del cementerio municipal del distrito de san miguelito del señor philip davis (q.e.p.d.).

Fecha de publicación04 Marzo 2022
Fecha08 Febrero 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29488 Gaceta Oficial Digital, viernes 04 de marzo de 2022 1
REPÚBLiCA
DE
PANAMÁ
MUNICIPIO
DE
SAN
MIGUELITO
CONCEJO
MUNICIPAL
DE SAN
MIGUELITO
ACUERDO
No.15
(Del
8
febrero
de
(2022)
Por medio
del
cual
se
aprueba
la
Exoneración
Completa
de
Impuesto
de
Fosa
del
Cementerio
Municipal
del
Distrito
de
San
Miguelito
del
señor
PHILIP
DAV[S
(Q.E.P.D.)
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
SAN
MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que ante
el
Pleno
de
esta
Cámara
Edilicia
se
ha
presentado
solicitud
de
Exoneración
de
Impuesto
por
el
pago
de
Fosa
en
el
Cementerio
Municipal
de
San
Miguelito
del
señor PHILIP
DAVIS
(Q.E.P.D).
Que
luego
de
una
amplia
explicación
la
solicitud
ibe
analizada
revisada,
discutida
y
aprobada
en
Sesión
Ordinaria Municipal, por
lo
que
luego
del
análisis realizado,
ésta
Cámara Edilicia
considera
que
es
oportuno
y
pertinente
acceder
a
la
misma.
Que
es
facultad
del
Concejo
Municipal
establecer
exenciones
y
exoneraciones
de
impuestos, derechos
y
tasas
de
conformidad con
el
Artículo
248
de
la
Constitución
Politica
de
la
República
de
Panamá.
Que
el
Artículo
14
de
la
Ley
106
de
8
de
octubre
de
1973,
establece
que:
Los
Concejos
Municipales
regularán
la
Vida
Jurídica
de
los
Municipios
por
medio
de
Acuerdos
que
tienen
fiiena
de
Ley
dentro
del
respectivo
Distrito.
ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO:
APROBAR,
como
en
efecto
aprobarnos,
la
Exoneración Completa
del
Impuesto
de
Fosa
en
el
Cementerio Municipal
de San
Miguelito
del
señor
PHILIP DAVIS
(Q.E.P.D.),
con
cédula
No.l0.5-1566
a
favor
de
su
hijo
el
señor
ALBERCIO DAVIS SÁNCHEZ.
con
cédula
No.IQ-14-1
11.
por
la
suma
de
DOSCIENTOS
OChENTA
BALBOAS
(81.280.00).
ARTÍCULO
SEGUNDOt
Notificar
del
contenido
del
presente Acuerdo
a
la
Dirección
de
Tesorcría.
para
que
realicen
las
adecuaciones correspondientes
y
no
se
vean afectadas
las
finanzas
municipales
y
así
no
se
proceda
con
el
cobro
de
dicho
gravamen
haciendo
la
aclaración
que
dicha
exoneración
será
aplicable
exclusivamente
por
el
monto
establecido
en
el
artículo
anterior.
ARTÍCULO
TERCERO:
Este
Acuerdo
empezará
a
regir
a
partir
de
su
aprobación,
sanción
y
promulgación.
LICDA.
R
Secretaria
Dado
en
el
Salón
de
Sesiones
del
(oncejo
Municipal
del
Distrito
de
San
Miguelito.
a
los
ocho
(8)
días
del
mes
de
febrero
del
año
dos
mil
veintidós
(2022).
H.C.
CÉSAR
CJBALLERO
Presidente
del
Cdncejo
Municipal
o
o
z
o
m
c
D
0
denta
del
Concejo
Municipal
7.
Municipal

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