Acuerdo N° 16. Por medio del cual se adopta el reglamento interno del municipio de natá.

Fecha de publicación23 Noviembre 2017
Fecha28 Septiembre 2017
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE NATÁ / COCLÉ
No. 28412-A Gaceta Oficial Digital, jueves 23 de noviembre de 2017 1
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MUNICIPIO DE NATÁ
ACUERDO N°.16
(Del 28 de septiembre de 2017)
POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO INTERNO DE MUNICIPIO DE NATÁ
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE NATA,
en uso de las facultades que le confiere la Ley,
C O N S I D E R A N D O:
Que para la buena marcha del MUNICIPIO DE NATÁ es indispensable una adecuada reglamentación de
las disposiciones disciplinarias, del trámite de acciones de recursos humanos y en especial, de los derechos,
deberes y responsabilidades de los servidores públicos municipales;
Que en la actualidad se requiere un instrumento administrativo que regule una adecuada comprensión de
tales derechos, deberes y responsabilidades por parte de los servidores públicos del municipio de Natá, tanto
subalternos como directivos;
Que es necesario adoptar un reglamento interno que propicie una verdadera conciencia de la misión en los
servidores públicos del Municipio de Natá y que constituya un medio eficaz para encauzar la marcha de la
administración de la institución y resolver los problemas prácticos que a diario se presentan;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar en todas sus partes el siguiente Reglamento Interno aplicable al
MUNICIPIO DE NATÁ, cuyo contenido se anexa y forma parte de este Proyecto de Acuerdo.
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
MISIÓN, VISIÓN, OBJETIVOS Y LEMA
ARTÍCULO 1: DE LA MISIÓN:
El nombre legal de esta institución es Municipio de Natá, la cual fue creada por la Ley N° 106 de
8 de octubre de 1973.
El Municipio de Natá tiene la misión de:
Promover el desarrollo del distrito de Natá mediante la planificación y ejecución de proyectos
sociales, culturales, turísticos y económicos como herramientas de gestión, la administración
equitativa de justicia y un control eficaz de las cuentas en beneficio de la ciudadanía y de nuestra
identidad histórica colonial.
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ARTÍCULO 2: DE LA VISIÓN DEL MUNICIPIO DE NATÁ:
Ser un Municipio con alto desarrollo social, cultural, turístico y económico con un perfil eficiente,
innovador y participativo, apoyado de un recurso humano comprometido con los más altos
niveles de rendimiento y competitividad para satisfacer las necesidades y expectativas de los
ciudadanos natariegos.
ARTÍCULO 3: DE LOS OBJETIVOS
Los objetivos del MUNICIPIO DE NATÁ son los siguientes:
A. Planificar proyectos sociales y económicos en beneficio de la comunidad.
B. Asegurar la efectiva rendición de cuentas sobre el uso adecuado de los recursos
municipales a cargo de la administración.
C. Conservar y difundir el acervo histórico de nuestro distrito.
D. Evaluar la eficiencia de los sistemas de administración y finanzas y de los instrumentos
de control interno a ellos incorporados,
E. Promover el buen uso de los recursos naturales y el cuidado del ambiente,
F. Evaluar la eficiencia de su organización, planificación, dirección y control, así como la
eficiencia, efectividad y economía con que se han ejecutado las operaciones,
G. Coadyuvar en la legislación, las normas y las políticas a las que esté sujeta el municipio,
así como el cumplimiento de sus objetivos, metas y presupuestos,
H. Promover la existencia de parámetros que permitan medir la eficiencia de la
administración y los recursos obtenidos,
I. Asegurar que la entidad haya tomado las debidas protecciones para la conservación y
control de sus recursos o activos y sus derechos u obligaciones.
ARTÍCULO 4: El LEMA: “Un Municipio con Historia y Tradición.”
CAPÍTULO II
OBJETIVOS Y CAMPO DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO
ARTÍCULO 5: DEL OBJETIVO DEL REGLAMENTO INTERNO
El presente Reglamento Interno tiene por objeto facilitar una administración coherente y eficiente
del recurso humano, a través de un conjunto de prácticas y normas aplicables a todos los
servidores del MUNICIPIO DE NATÁ con motivo de la relación laboral.
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ARTÍCULO 6: DEL CAMPO DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO
El presente Reglamento Interno de Personal será aplicado de la siguiente manera:
1. A los Servidores Públicos Municipales de carácter permanente, transitorios, contingente del
Municipio de Natá en todas sus partes.
2. A las personas contratadas por servicios profesionales en el Municipio de Natá.
3. A los servidores públicos contratados por otras instituciones o empresas privada para ser
personal de refuerzo en las labores inherentes al Municipio de Natá.
4. A los contratistas o personal de los contratistas que por motivo de la contratación con el
Municipio debe mantener personal temporal o permanente realizando algún trabajo
específico en la institución.
5. A los estudiantes o practicantes o pasantes académicos nacionales o internacionales que
se encuentren realizando su práctica profesional o pasantías en cualquiera de las oficinas
de Municipio de Natá.
6. A los empleados de empresas que brinden soporte técnico relacionado con temas
informáticos o que por alguna razón deban tener acceso a los servidores o equipo de
cómputo de la institución, lo contemplado en este Reglamento Interno y cumplir con las
medidas de Confidencialidad desarrolladas para este tema.
CAPÍTULO III
LA ORGANIZACIÓN
ARTÍCULO 7: DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Para el logro de sus fines y objetivos, el MUNICIPIO DE NATÁ contará con la estructura
organizativa y funcional que adopte el Concejo: a saber:
Autoridad máxima de la Institución. La máxima autoridad administrativa del Municipio de
Panamá es el Alcalde, quien tiene la responsabilidad de la dirección y administración de las
funciones y actividades de la Institución.
Estructura administrativa. Los niveles jerárquicos dentro de la estructura administrativa son en
su orden: Alcalde, Vicealcalde, Secretario General, Directores, Subdirectores, Jefes de
Departamentos y Secciones.
1. Alcalde (sa). El Alcalde, en su condición de autoridad nominadora, es el responsable
de desarrollar políticas públicas que garanticen la integración social de los ciudadanos,
así como la atención a las solicitudes y planteamientos de las comunidades que hacen
vida en el Municipio, en relación a proyectos y obras que se traduzcan en su beneficio.
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