Acuerdo N° 17. Por medio del cual se aprueba contrato de arrendamiento de tierras municipales.

Fecha de publicación08 Marzo 2024
Fecha23 Enero 2024
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE AGUADULCE / COCLÉ
No. 29985 Gaceta Oficial Digital, viernes 08 de marzo de 2024 1
ACUERDO
Nº.17
(De 23 de enero de 2024)
Por
medio del cual se aprueba contrato
de
arrendamiento de tierras municipales.
EL
CONCEJO MUNICIPAL
DE
AGUADULCE,
CONSIDERANDO:
Que el artículo
31
del Acuerdo Municipal Nº.25 de
19
de marzo
de
2019, publicado en Gaceta
Oficial Nº.28795 de
13
de
junio
de 2019, que dicta disposiciones relativas a la venta, uso,
arrendamiento y adjudicación de lotes y tierras municipales, señala que "Cumplidos los trámites y
requisitos para
la
adjudicación definitiva de terrenos municipales, el Alcalde remitirá al Concejo
Municipal el Proyecto de Acuerdo para
la
aprobación del Contrato
de
Compra Venta,
Arrendamiento o uso,
con
el
expediente que debe contener todos los documentos exigidos por el
Acuerdo Municipal y las disposiciones legales que le sean aplicables";
Que a través nota fechada veintisiete (27) de octubre de dos mil veintitrés (2023
),
el señor
RAMÓN
ENRIQUE
CASTROVERDE
BOSQUEZ,
varón, panameño, mayor de edad, portador
de
la
cédula de identidad personal número dos-ciento dos-dos mil uno (2-102-2001 ), solicita
la
adjudicación de los derechos posesorios sobre
un
(1) lote de terreno ubicado
en
Avenida Mayo,
Corregimiento de Pocrí, Distrito de Aguadulce. Consta en el Informe Técnico de Inspección, del
Departamento de Ingeniería Municipal, realizado el día veintisiete (27) de noviembre de dos mil
veintitrés (2023), que el lote de terreno
es
un
predio con construcción, casa de bloques, que tiene
un área aproximada de seiscientos metros cuadrados (600.00M2
),
el
cual se encuentra dentro de
la
finca Nº.2985, Tomo Nº.345, Folio Nº.408, propiedad del Municipio de Aguadulce, comprendido
dentro de los siguientes linderos: Norte: Félix Tuñón Castillo; Sur: Briseida Torres; Este: Félix
Tuñón Castillo; y Oeste: A venida Mayo; que
la
propiedad posee o tiene acceso a los servicios
públicos de agua, luz, teléfono y vías
de
comunicación asfaltada; que
el
tiempo de ocupación es
de aproximadamente veinte (20) años, y que al momento de la inspección no hubo oposición. Se
adjunta fotocopia de cédula, informe técnico de inspección, hoja de colindantes de derechos
posesorios y cinco vistas fotográficas del terreno solicitado.
Que por las consideraciones expuestas,
ACUERDA:
AR
CULO
1.
Aprobar Contrato de Arrendamiento de terreno municipal que se describe en el
segundo considerando del presente Acuerdo Municipal, el cual será suscrito entre el Alcalde del
Distrito
de
Aguadulce, en representación del Municipio
de
Aguadulce, y RAMÓN
ENRIQlJE
CASTROVERDE
BOSQUEZ,
varón, panameño, mayor de edad, portador de
la
cédula de
identidad personal número dos-ciento dos-dos mil uno (2-102-2001
).
ARTÍCULO
2.
Este Acuerdo rige a partir-
de
su sanción y promulgación.
CONCEJO MUNICIPAL DEL DIS1RITO
1
~
~
~
+
DEL MES
DE
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DE
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~~MIL
VE
H
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:
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Presidente del Concejo Municipal
1

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