Acuerdo N° 18. Por medio del cual se aprueba el presupuesto de rentas y gastos del municipio de natá, para el periodo fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021, que comprende las disposiciones generales de administración presupuestaria.

Fecha de publicación18 Febrero 2021
Fecha23 Diciembre 2020
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE NATÁ / COCLÉ
No. 29221-A Gaceta Oficial Digital, jueves 18 de febrero de 2021 1
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CONCEJO MUNICIPAL DE NATA
ACUERDO N°. 18
(Del 23 de diciembre de 2020)
Por medio del cual se aprueba el Presupuesto de Rentas y Gastos del Municipio de Natá, para el periodo
fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021, que comprende las disposiciones generales de
administración presupuestaria.
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE NATA,
En uso de sus facultades legales,
ACUERDA:
DISPOSICIONES GENERALES DE ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIAS
CAPITULO I
OBJETO Y ÁMBITO
ARTICULO I. Apruébese el Presupuesto de Rentas y Gastos del Municipio de Natá, para la vigencia
fiscal del uno (1) de enero al treinta y uno (31) de diciembre de dos mil veintiuno (2021), por un monto
de OCHOCIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO BALBOAS CON
00/100 (B/.890,498.00) tanto en ingresos como en gastos que detallamos a continuación.
MUNICIPIO DE NATA
PRESUPUESTO DE INGRESOS
VIGENCIA FISCAL 2021
CÓDIGO ACTIVIDADES PRESUPUESTO
1.1.2.5.00 Sobre Actividades Comerciales y de Servicio 190,560.00
1.1.2.6.00 Actividades Industriales 91,460.00
1.1.2.8.00 Otros Impuestos Indirectos 112,810.00
1.1.2…… Ingresos No Tributarios 344,958.00
1.4.0.0.00 Saldo en Caja y Banco 140,710.00
2.0.0.0.00 Ingresos de Capital 10,000.00
TOTAL DE INGRESOS………………………. 890,498.00
PRESUPUESTO DE EGRESOS
VIGENCIA FISCAL 2021
CÓDIGO ACTIVIDADES PRESUPUESTO
510.0101 Legislación Municipal 158,859.00
510.0102 Administración Municipal 343,984.00
510.0103 Administración Financiera 103,010.00
510.02 Servicios Municipales 171,345.00
510.02 Administración de Justicia 113,300.00
TOTAL DE EGRESOS……………………….. 890,498.00
ARTICULO 2. OBJETO. Las Normas Generales de Administración Presupuestaria contiene el
conjunto de disposiciones que regirán la ejecución, el seguimiento y la evaluación, así como el cierre y
la liquidación del Presupuesto del Municipio de Natá.
ARTICULO 3. ÁMBITO. Las normas se aplicaran para el manejo del Presupuesto del Municipio de
Natá.
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CAPITULO II
EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO
ARTICULO 4. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO. La ejecución del presupuesto es conjunto de
decisiones y acciones operativas, administrativas y financieras para la realización de los planes,
programas y proyectos contemplados en el presupuesto del Municipio de Natá.
Con el objeto de evaluar la gestión presupuestaria del Municipio de Natá, la información sobre la
ejecución presupuestaria de gasto se elaborará sobre la base del compromiso, el devengado y el pago
realizado por todos los bienes y servicios recibidos.
ARTICULO 5. PRINCIPIO GENERAL. No se podrá tramitar la adquisición de bienes y servicios, si
en el presupuesto no se cuenta con la partida asignada específica que autoriza el gasto; ni se podrá realizar
ningún pago, sino se ha cumplido previamente con la formación del registro presupuestario de esta
obligación.
ARTICULO 6. ASIGNACIONES MENSUALES: Los departamentos del Municipio presentaran al
Tesoro Municipal o a la persona encargada del presupuesto, a más tardar quince (15) días después de
aprobado el Proyecto de Acuerdo de Presupuesto por el Concejo Municipal, las solicitudes de asignación
mensual de gastos. El Tesoro Municipal o la persona encargada del presupuesto elaborarán el flujo de
caja por mes para el periodo fiscal.
Las autorizaciones máximas de gastos de funcionamiento en inversión se distribuirán en asignaciones
mensuales para que no necesariamente sean iguales. Las asignaciones mensuales serán aprobadas para
cada partida por el Tesoro Municipal o la persona encargada del presupuesto, basándose en los programas
de trabajo, cronogramas de actividades y en la previsión del comportamiento de los ingresos.
ARTICULO 7. UNIDAD DE CAJA. Todos los ingresos del Municipio deberán consignarse en el
Presupuesto y se depositaran en la cuenta del Tesoro Municipal, en el Banco Nacional de Panamá, contra
el cual se expedirá toda orden de pago para cubrir los compromisos causados por las autorizaciones de
gastos, originadas en sus distintas dependencias.
ARTICULO 8. FASES DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS. La ejecución del
presupuesto de gastos se realiza en tres etapas secuenciales: Compromiso, Devengado y Pago; conceptos
que se definen a continuación:
COMPROMISO: Es la solicitud de adquisición de bienes o servicios independientemente de su entrega,
pago o consumo, y constituye toda obligación financiera adquirida por el Municipio, que conlleva una
erogación a favor de terceros con cargo a la disponibilidad de fondos de la respectiva partida del periodo
fiscal vigente.
DEVENGADO: Es el recibo de bienes o servicios entregados por parte del proveedor sin considerar el
momento en que se consume, y constituye la obligación de pagar por los bienes o servicios recibidos.
PAGO: Constituye la emisión y entrega de cheques o efectivo de caja menuda a favor de los proveedores,
por los bienes y servicios recibidos.

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