Acuerdo N° 18. Por medio del cual se modifica el acuerdo no. 38 de 23 de noviembre de 2021, donde se autoriza al señor alcalde a negociar y suscribir un convenio institucional con el instituto de acueductos y alcantarillados nacionales (idaan), a partir del año 2022.

Fecha de publicación23 Junio 2022
Fecha14 Junio 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE LA CHORRERA / PANAMÁ
No. 29563 Gaceta Oficial Digital, jueves 23 de junio de 2022 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
PRO;llNCIA-DE
. PANAMÁ OESTE
.
1
DISTRITO DE
LA
CHORRERA
CONCE.JO
-
SEC.
GRAL.
ACUERDO
No.
18
(de 14
de
junio de 2022)
1
"Por medio del cual se modifica el Acuergo No. 38 de 23 de noviembre de 2021, donde se autoriza
al
autoriza al Señor Alcalde a negociar y suscribir un Convenio Institucional con el INSTITIJTO DE
ACUEDUCTOS y ALCANTARILLADOS NACIONALES (IDAAN), a partir del año 2022".
EL
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO
DE
LA CHORRERA
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO
:
Que en el Contrato
01-2006, para la operación del servicio público de aseo
en
sus componentes de barrido
de
calles y áreas públicas, recolección, transporte, y disposición final de residuos sólidos en relleno sanitario,
suscrito entre el Municipio de La Chorrera y la Empresa Metropolitana de Aseo, S.A., E.S. P.-EMAS,
establece en su cláusula novena lo siguiente:
"Cláusula Novena": EL CONTRATISTA se entenderá remunerado con los dineros que recaude por
concepto de prestación del servicío a los suscriptores de ELMUNICIPIO. Tales tarifas serán
cobradas por intermedio de la entidad INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
NACIONALES (IDAAN) y todos los demás acueductos municipales, o regionales con los cuales EL
CONTRATISTA contrate
el
servicio de facturación y recaudo.
EL
CO:NTRA
TIST A podrá prestar el Servicio a usuaúos no conectados
al
servici.o de acueducto
suministrado por el IDAAN, para lo que suscribirá contratos de facturación con las entidades que les
suministren el servicio de acueducto, e incluso podrá, si lo considera pertinente, facturar directa o
indirectamente.
las obligaciones del Municipio,
la
de colaborar con EL CONTRATISTA, cuando éste lo solicite, en las
gestiones que deba realizar ante autoridades y entidades de cualquier orden, para obtener permisos, licencias
o la conexión de las instalaciones de EL CONTRATISTA a las redes de servicio público domiciliarios
directo o indirectamente para la ejecución y cumplimiento del presente contrato.
Que el Artículo 4 de la Ley 106 de 1973, establece que las corporaciones o personas que legalmente
representen a los Municipios, cuando actúen en nombre de estos y estén legalmente autorizados para ello por
el respectivo Concejo, tendrán capacidad plena para obligarse o ejercitar toda clase de acciones en el orden
judicial, administrativo, fiscal o contencioso administrativo.
Que los Artículos 161 y 162, del Reglamento Interno del Concejo Municipal de La Chorrera exigen para la
validez de un contrato la aprobación mediante acuerdo todos los contratos de obras y servicios por lo que
posterior a la negociación y subscripción de convenio, este deberá ser adoptado mediante Acuerdo
Municipal.
Que para darie fiei cumpiimiento a io antes des.crito
ei
Mun1c1p10
de
La Chorrera y ei
illAAN,
deben
suscribir dicho convenio.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar como en efecto se autoriza
al
Señor Alcalde a negociar y suscribir un
("',...,....,,,.,...;,...
l\A,..
..
,.,..
"""
ol
ThTC''T'T'T'T
T'T'f\
T'fP
/\
r'T
n:::n~T
Tr''T'flC'
V
/\
T
r'
/\ 1'.T'T' /\
DTT
T
/\
T)(")C'
1'.T
/\
r'Tfl1'.T
/\ T
PC'
"'--"VL.1.l''"'J..1.J.V
.L"..l.."4-L\oJ'V
\.IV.1.L
\o.f'.I.
.L.J...,U.L..l...J..\../.L.._,
LJL-J
.l..1.'-'\....IL-J....._.,\..J'-../.1..\,,../J...,I
..l.
.l...l...L...J'-'.l..S..J..,..L.L.Ll."-...L.L...i.L...J.Ll...L..''-./L...J
.L,.1...1.'-'..l..'-.J.L,.L.l...J....l..J...J~
(IDAAN), para el cobro
de
la
Tasa de Aseo en
el
Distrito
de
La Chorrera, conforme a la tarifa establecida en
el Contrato No. 01-2006, suscrito entre el Municipio de La Chorrera y la Empresa Metropolitana de Aseo,
S.A., adoptado mediante Acuerdo No. 46 de 14 de noviembre
de
2006.
ARTTC'.TTLO
SF
Se acivierte eme
nna
vez
sm::crito el convenio con el
fNSTTTTTTO
DF
L
ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES (IDAAN), este deberá ser estudiado, discutido,
aprobado o rechazado por
el
Concejo Municipal para ser adoptado mediante acuerdo y refrendado por la
Contraloría General de la Nación.
ARTÍCULO TERCERO: Este Acuerdo empieza a regir a partir de su aprobación y sanción.
No. 29563 Gaceta Oficial Digital, jueves 23 de junio de 2022 2
2
Cont.
Acu~rdoNo.
18
14-6-22 .
..
...
Pág.
No.
2
'
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE:
·•
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Municipal, "HR. JOSE.
M.
MENDIETA M.", del Distrito
La Chorrera, a los catorce días del mes de junio del año dos mil veintidós.
EL PRESIDENTE:
HR. E
LA SECRETARIA:
fouX3¿~~
f
"
.
SANCIONADO:
EL ALCALDE:
EL SECRETARIO GENERAL. :
..
w
CONCEJO
MUN\OPAL
~
a::"'"AR\~
GENERAL
~
e
SEC~~
·
'
'.
.
QR\G\NAL
ES
f\EL
CO
P\A
DE
SU
00 --
(;;
---
d;_tJ
d
¿Q
-
fecha:
;L;L
·
;:
i(~
f\rma:
-~.....--
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR