Acuerdo N° 2. Por el cual se dicta el presupuesto de rentas y gastos del municipio de los santos, para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre del año 2023.

Fecha de publicación20 Enero 2023
Fecha05 Enero 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE LOS SANTOS
No. 29705-A Gaceta Oficial Digital, viernes 20 de enero de 2023 1
. "
REPUBLICADE PANAMÁ
PROVINCIA DE LOS SANTOS
DISTRITO
DE
LOS SANTOS
CONSEJO MUNICIPAL
ACUERDO No. 2
(del 5 de enero de 2023)
POR
EL
CUAL SE DICTA
EL
PRESUPUESTO DE RENTAS Y GASTOS DEL
MUNICIPIO DE LOS SANTOS, PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL 1 DE ENERO
AL31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023.
CONSIDERANDO
1.
Que el presupuesto Municipal es
un
acto de los Gobiernos Locales que contiene
el
plan anual operativo preparado de conformidad con la misión y visión sobre las
políticas de mediano y largo plazo: basado en la programación
de
las actividades
Municipales en coordinación con los planes nacionales de desarrollo, sin perjuicio de
la autonomía municipal para dirigir sus propias inversiones.
2.
Que es función del Alcalde Municipal, presentar
al
Concejo Municipal proyectos de
acuerdo especialmente el presupuesto de rentas y gastos, que contendrá el programa
de funcionamiento y el de inversiones públicas municipales.
3.
Que de acuerdo con el numeral 2 del artículo
72
de la Ley
66
del 29 de octubre del
2015, es competencia del Consejo Municipal: estudiar, evaluar y aprobar el
presupuesto de Rentas y Gastos Municipales, que comprenderá el programa de
funcionamiento y el de inversiones Municipales, que para cada ejercicio fiscal elabore
el Alcalde con la colaboración del Ministerio de Economía y Finanzas. El programa
de inversiones municipales será consultado con las Juntas Comunales respectivas.
4.
Que el Alcalde Municipal presentó
al
pleno del Concejo, un anteproyecto de
presupuesto para la vigencia fiscal 2023, el cual fue analizado por la Comisión de
Hacienda del Concejo Municipal y aprobado por la misma.
5. Que por lo antes expuesto, el suscrito Consejo Municipal del Distrito de Los Santos,
en uso de las facultades legales que la ley le confiere,
ACUERDA
ARTÍCULO 1 º: Apruébese el presupuesto de Rentas y Gastos del Municipio de Los Santos,
para la vigencia fiscal que comprende del 1 de enero al
31
de diciembre del año 2023, por un
monto de
UN
MILLÓN OCHOCIENTOS VEINTE
MIL
SETECIENTOS SIETE
BALBOAS (B/.1,820,707.00).
ARTICULO
El Presupuesto de Rentas y Gastos, para la vigencia fiscal 2023 del
Municipio de Los Santos, quedará de la siguiente forma:
ARTICULO 3º: Aprobar el presupuesto de ingresos de acuerdo al detalle adjunto:
No. 29705-A Gaceta Oficial Digital, viernes 20 de enero de 2023 2
MUNICIPIO DE LOS SANTOS
PRESUPUESTO 2023
INGRESOS
CDG.
DESCR
IP
CIO
N P
RE
S
lTPUEST
PRE
UPUES
DIFERENCIA
O 2022
TO
2023
1125
SOBRE
ACTIVIDADES COMERCIALES
112503 ESTABL.
DE
VTAS.
DE
AUTOS Y ACC. 3,960.00 3,000.00 (960.00)
ESTABL.
DE
VTAS.
DE
MADERAS Y MAT.
112504
DECONST.
1,740.00 1,080.00 (660.00)
112505 ESTABLEC. DE VTAS. AL X MENOR 19,134.00 19,134.00 -
112506
EST
ABL.
DE
VT
AS.
DE LICOR AL X
MENOR
51
,000.00 55,000.00 4 ,000.00
112507 ESTAB. ARTICULOS
DE
SEGUNDA MANO 600.00 540.00 (60.00)
112509 CASETAS SANITARIAS 5,400.00 5,400.00 -
112510 ESTACIONES
DE
COMBUSTIBLE 4,632.00 5,472.00 840.00
112511 GARAJES PUBLICOS
10
.00 1,000.00 990.00
112512 TALLERES COMERCIALES Y
DE
REP 6,768.00 6,288.00 (480.00)
112515 FLORISTERIAS 120.00 240.00 120.00
112516 FARMACIAS 1,356.00 1,536.00 180.00
112518 JOYERIAS Y RELOJERIAS 60.00 60.00 -
112520 DEPÓSITOS COMERCIALES 360.00 1 080.00 720.00
112522 MUEBLERÍAS Y EBANISTERÍAS 860.00 960.00 100.00
112523 DISCOTECAS 480.00 480.00 -
112524 FERRETERIAS 4,416.00 4 500.00 84.00
112528 AGENTES DISTRIB. COMTAS Y REPRES. 4,320.00 4,320.00 -
112530 ROTULOS. ANUNCIOS Y A VISOS 4,000.00 4,000.00 -
112535 APARATOS DE MEDICION 700.00 700.00 -
112539 DEGUELLO
DE
GANADO 30,000.00 30 000.00 -
112540 REST. CAFES Y OTROS ESTABLE.
DE
C Y B 10,000.00
11
,000.00 1,000.00
112541 HELADERIAS Y REFRESQUERIAS 3,828.00 4,032.00 204.00
112542 CASAS
DE
HOSPEDAJE Y PENSIONES 1,800.00 1,800.00 -
112543 HOTELES Y MOTELES 2,880.00 2,880.00 -
112544 CASAS
DE
ALOJAMIENTO OCASIONAL 11,040.00 10,200.00 (840.00)
112545 PROSTÍBULOS, CABARETS Y BOITES 10.00 10.00 -
SALONES
DE
BAILES, BALNEARIOS Y
112546 SITIOS 300.00 500.00 200.00
112547 CAJAS
DE
MÚSICA 3,132.00 3,324.00 192.00
112549 BILLARES 420.00 780.00 360.00
112550 ESPECTACULOS PUB. CON CTER. LUCRA. 1,500.00 2,000.00 500.00
112551 GALLERAS. BOLOS Y BOLICHES 2,000.00 3 000.00 1,000.00
112552 BARBERIAS. PELUQUERIAS Y SALONES 1,020.00 1,080.00 60.00
112553
LA
V ANDERIA, TINTORERIA, 780.00 552.00 (228.00)
112554 ESTUDIOS FOTOGRAFICOS Y
DE
TV
-10.00 10.00
112561 LABORATORIOS Y CLINICAS PRIVADAS 240.00 480.00 240.00
112564 FUNERARIAS Y VELATORIOS PRIVADOS 180.00 180.00 -
112565 SERVICIOS
DE
FUMIGACION 10.00 10.00 -
112570 SEDERÍAS Y COSMETERÍAS 396.00 396.00 -
112572 ESTABLE.
DE
PRODUC. AGRICOLAS 2,364.00 2,124.00 (240.00)
112573 ESTABLE.
DE
VENTAS DE CALZADOS 180.00 180.00 -
112576 EMPRESAS
DE
BIENES Y RAICES 1,080.00 1,080.00 -
112585 AUTO BAÑOS 684.00 588.00 (96.00)
112586 EMPRESAS
DE
SEGUR-CORRE Y LIMPIEZA -360.00 360.00
112587 GIMNASIO. ESC.
DE
ARTE, CENTROS Y O 240.00 900.00 660.00
112588 SERV.
DE
INTERNET.COMP.FOTOCOPIA 444.00 384.00 (60.00)
112599 OTROS N.E.D.C. 2.820.00 2,580.00 {240.00)
l'OTAL
187,264.00 195,220.00 7,956.00

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