Acuerdo N° 25-22. Que faculta al alcalde del distrito de capira, de ser necesario, para que efectúe las acciones administrativas que sean precisas, para que se ejecute la recolección de los desechos sólidos en los corregimientos urbanos, mientras se concluya la formalidad con la empresa a la que se le adjudique la concesión, conforme los procedimientos de contratación por mejor valor, gestionada por el municipio de capira, para una concesión de 15 años.

Fecha de publicación18 Enero 2023
Fecha30 Agosto 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE CAPIRA / PANAMÁ
No. 29703-B Gaceta Oficial Digital, miércoles 18 de enero de 2023 1
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Correo:concejocapira@gmail.com
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elefax:
346-0834
ACUERDO 25-22
(Del 30 de agosto de 2022)
Que faculta
al
Alcalde del
distrito
de Capira, de ser necesario, para que efectúe las
acciones administrativas que sean precisas, para que se ejecute la recolección
de
los
desechos
sólidos
en los corregimientos urbanos, mientras se concluya la formalidad
con
la
empresa a la que se le adjudique la concesión, conforme los procedimientos de
contratación
por
mejor
valor, gestionada
por
el
Municipio
de Capira, para una
concesión
de
15 años.
El Honorable Concejo Municipal del
distrito
de
Capira, en
uso
de
sus
facultades
Constitucionales y legales;
CONSIDERANDO:
Que la Ley 106 del 8 de octubre de 1973,
en
su
Artículo
14 establece taxativamente
que" "Artículo
14.
Los Concejos Municipales regularán la vida jurídica
de
los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de
Ley
dentro del respectivo distrito".
Que a través del Acuerdo Municipal No 19 de
17
de mayo de 2022; se decretó
la
Concesión Administrativa, del Servicio de Recolección, Tratamiento, Transporte y
Disposición Final de Desechos Sólidos (basura)
en
el
distrito de Capira, se ordenó
iniciar
el
proceso de Contratación Pública del Concesionario y
se
autorizó para tal efecto
al
Alcalde del distrito;
Que
la
Administración Municipal, está gestionando a través de una Licitación Pública
por
Mejor Valor,
el
otorgamiento de una Concesión Administrativa, para
ta
prestación
del Servicio de Recolección y Transporte al
sitio
de
disposición
final
de
los
Desechos
Sólidos
(basura)
en
el
Municipio
de
Capira por
el
término
de
quince (15)
años;
Que
la
viabilidad de adjudicación del Contrato de Concesión
con
la
empresa que
cumpla los requerimientos establecidos
en
la
Licitación de Mejor Valor, iniciará una vez
el Contrato de Concesión sea refrendado por
la
Contraloría General
de
la República de
Panamá;
Que de haber
la
necesidad,
en
el
proceso de adjudicación, es indispensable
el
cumplimiento de
lo
preceptuado
en
el
Artículo
17
numerales
14
y
15
de
la
Ley 106 de 8
de octubre
de
1973, reformada por la Ley
52
de 12
de
diciembre de 1984; por lo que
el
Municipio deberá asumir
la
responsabilidad de
la
recolección y disposición final de los
desechos sólidos, hasta que le haya consensuado
la
orden de proceder a la empresa a
la
cual se le adjudique la concesión de recolección de desechos sólidos por el
término
de
quince (15) años;
Que
la
administración municipal, establecerá mediante Resuelto Administrativo, las
directrices que cumplan
con
las normativas vigentes; para formalizar
la
reglamentación
con
la que se llevará a efecto
en
las áreas urbanas,
la
recolección, disposición final,
el
uso de los equipos, herramientas y contratación transitoria del personal que realizará
el
trabajo de recolección de los desechos sólidos;
Que
et
pleno del Honorable Concejo Municipal del distrito de Capira, luego de revisado
el
presente Acuerdo Municipio;

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