Acuerdo N° 27. Por medio del cual se aprueba la exoneración de impuesto de actividad bailable (sarao) en la junta comunal de tortí.

Fecha de publicación27 Septiembre 2022
Fecha30 Agosto 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE CHEPO / PANAMÁ
No. 29631 Gaceta Oficial Digital, martes 27 de septiembre de 2022 1
Municipio de Chepa
Avenida
San
Cristóbal,
Corregimiento
de
Chepo
, Distrito
de
Chepo
ACUERDO No.27
(De 30 de agosto de 2022)
"Por
medio del cual se aprueba la exoneración de impuesto de actividad bailable (Sarao) En
la
Junta
Comunal de Tortí"
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO
DE
CHEPO
CONSIDERANDO:
Que ante el Pleno de esta Cámara edilicia se
ha
presentado solicitud de exoneración de impuesto
por
el
pago de actividad bailable (Sarao).
Que luego de una amplia explicación
la
solicitud fue analizada, revisada, discutida y aprobada
en
Sesión
Ordinaria Municipal,
por
lo que luego del análisis realizado, esta cámara edilicia considera que es
oportuno y pertinente acceder a la misma.
Que es facultad del Concejo Municipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos, derechos y
tasas de conformidad con el artículo 248 de la Constitución Política de
la
República de Panamá.
Que el artículo 14 de
la
Ley 106 de 1973, establece que:
"Los
Concejos Municipales regularán la vida
jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de Ley dentro del respectivo
distrito".
ACUERDA.
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, como
en
efecto aprobamos,
la
exoneración del 100% del
impuesto municipal de la actividad bailable (Sarao), a la señora Julia Soriano, portadora de
la
cédula de
identidad personal No. 8-416-796, con domicilio
en
vía
las Margaritas, distrito de Chepo, provincia de
Panamá, el cual se estará realizando
en
la Junta Comunal de Tortí, el día
29
de octubre de 2022, en el
cual se desarrollaran presentaciones folclóricas, tamboritos, presentación de conjunto musical y venta de
comidas y bebidas (Cervezas y sodas).
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar del contenido del presente Acuerdo a
la
dirección de Tesorería,
para que realicen las adecuaciones correspondientes y no se veqn afectadas las finanzas municipales y
así no se proceda con el cobro de dicho gravamen haciendo
la
aclaración que dicha exoneración será
aplicable exclusivamente
por
el monto establecido.
ARTÍCULO TERCERO:
promulgación.
Este Acuerdo empezará a regir a partir de
su
aprobación, sanción y
Dado
en
el Salón de Sesiones "Tomás Gabriel Altamirano Mantovani del Honorable Concejo Municipal
del distrito de Chepo, a los treinta (30) días del mes de agosto de dos mil veintidós (2022).
Recepción
de
Alcaldía
:
519-1251
Consejo:
519-1606
Tesorería: 519-1603 Ingeniería Municipal: 519-1605

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR