Acuerdo Nº 3 de Superintendencia de Bancos, 2012

Año2012
Número de acuerdo3
Fecha22 Mayo 2012
Tipo de documentoAcuerdo
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
ACUERDO No. 003-2012
(de 22 de mayo de 2012)
“Por el cual se establecen lineamientos para la gestión del riesgo de la tecnología de la
información”
LA JUNTA DIRECTIVA
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que a raíz de la emisión del Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008, el Órgano Ejecutivo elaboró
una ordenación sistemática en forma de texto único del Decreto Ley 9 de 1998 y todas sus
modificaciones, la cual fue aprobada mediante el Decreto Ejecutivo No. 52 de 30 de abril de
2008, en adelante la Ley Bancaria;
Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 5 de la Ley Bancaria es objetivo de esta
Superintendencia de Bancos velar porque se mantenga la solidez y eficiencia del sistema
bancario;
Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 5 de la Ley Bancaria es objetivo de esta
Superintendencia de Bancos fortalecer y fomentar condiciones propicias para el desarrollo de
Panamá como centro financiero internacional;
Que de conformidad con el artículo 11, numeral 5 de la Ley Bancaria, corresponde a la Junta
Directiva fijar, en el ámbito administrativo, la interpretación y alcance de las disposiciones
legales o reglamentarias en materia bancaria;
Que de conformidad artículo 11 numeral 10 de la Ley Bancaria, es una atribución de carácter
técnico de esta Junta Directiva dictar las normas técnicas necesarias para el cumplimiento de la
Ley Bancaria;
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 16, numeral 22, son atribuciones de car ácter
técnico del Superintendente, evaluar los indicadores financieros de los bancos y de los grupos
bancarios que permitan dar seguimiento a los principales riesgos bancarios, tales como adecuación de
capital, crédito, liquidez, operacional, mercado y otros que la Superintendencia estime conveniente;
Que mediante Acuerdo No. 008-2010 de 1 de diciembre de 2010, esta Superintendencia dictó las
disposiciones sobre Gestión Integral de Riesgo, por el cual se requiere a los bancos la
identificación y gestión de todos los riesgos a los que se encuentran expuestos de acuerdo al
tamaño y complejidad de sus operaciones productos y servicios;
Que mediante Acuerdo No. 005-2011 de 20 de septiembre de 2011, esta Superintendencia
actualizó las disposiciones sobre Gobierno Corporativo, estableciendo lineamientos claros para la
organización del gobierno corporativo de las entidades bancarias;
Que mediante Acuerdo No. 7-2011 se dictaron los parámetros mínimos para la gestión del riesgo
operativo, el cual en su artículo 7 establece la tecnología de la información como un factor o
categoría de riesgo, la cual por su naturaleza debe ser gestionada de forma especializada;

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