Acuerdo N° 34. Por medio del cual se aprueba la exoneración completa del impuesto de fosa del cementerio municipal del distrito de san miguelito del señor josé valdemir santamaria machado (q.e.p.d.).

Fecha de publicación20 Abril 2022
Fecha15 Marzo 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29520 Gaceta Oficial Digital, miércoles 20 de abril de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MUNICIPIO DE SAN MIGUELITO
CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO
ACUERDO
No.34
(Del
15
de marzo de 2022)
Por medio del cual
se
aprueba la Exoneración Completa del Impuesto de
Fosa del Cementerio Municipal del Distrito de San Miguelito del señor
JOSÉ VALDEMIR SANTAMARIA MACHADO (Q.E.P.D.)
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que ante el Pleno de esta Cámara Ediliciá
'se
ha
presentado solicitud de Exoneración de Impuesto por el
pago de Fosa en el Cementerio Municipal de San
Migu~lito
del señor JOSÉ V ALDEMIR
SANTAMARÍA MACHADO (Q.E.P.D).
Que luego de una amplia explicación la solicitud fue analizada, revisada, discutida y aprobada en Sesión
Ordinaria Municipal, por
lo
que luego del análisis realizado, ésta Cámara Edilicia considera que es
oportuno y pertinente acceder a la misma.
Que es facultad del Concejo Municipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos, derechos y
tasas de conformidad con el Artículo 248 de la Constitución Política de la República de Panamá.
Que el Artículo
14
de la Ley
106
de 8 de octubre de 1973, establece que: Los Concejos Municipales
regularán la Vida Jurídica de los Municipios por medio
de
Acuerdos que tienen fuerza de Ley dentro del
respectivo Distrito.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, como en efecto aprobamos, la Exoneración Completa del
Impuesto de Fosa en el Cementerio Municipal de San Miguelito del señor JOSÉ VALDEMIR
SANTAMARÍA MACHADO (Q.E.P.D.) con cédula No.5-18-814, a favor de su hijo JOSÉ JAVIER
SANTAMARÍA CEDEÑO, con cédula No.8-890-1481, por la suma de DOSCIENTOS OCHENTA
BALBOAS (B/.280.00).
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar del contenido del presente Acuerdo a la Dirección de Tesorería,
para que realicen las adecuaciones correspondientes y
no
se vean afectadas las finanzas municipales y así
no
se
proceda con el cobro
de
dicho gravamen haciendo la aclaración que dicha exoneración será aplicable
exclusivamente por el monto establecido en el artículo anterior.
ARTÍCULO TERCERO: Este Acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación, sanción y
promulgación.
Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal del Distrito
de
San Miguelito, a los quince (
15)
días
del me marzo del año dos mil veintidós (2022).
ABALLERO
Distrito de San Miguelito

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR