Acuerdo N° 41. Por medio del cual, se aprueba la exoneración completa de impuesto de fosa del cementerio municipal distrito de san miguelito del señor roberto gayle garrido.

Fecha de publicación01 Junio 2023
Fecha17 Abril 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29794 Gaceta Oficial Digital, jueves 01 de junio de 2023 1
e
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MUNICIPIO DE
SAN
MIGUELITO
CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO
ACUERDO
No.
41
(Del
17
de abril de 2023)
"Por medio del cual, se aprueba la exoneración completa de impuesto de
fosa del Cementerio Municipal Distrito de San Miguelito
del señor ROBERTO GA YLE GARRIDO."
EL
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
SAN
MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el Pleno de esta Cámara Edilicia, el Honorable Concejal LUIS OMAR ORTEGSA,
ha
presentado fonnal
solicitud de exoneración de impuesto por el pago de fosa en el Cementerio Municipal de San Miguelito.
Que, luego de una amplia explicación la solicitud fue analizada, revisada, discutida y aprobada en sesión ordinaria
Municipal, por lo que luego del análisis realizado, ésta Cámara Edilicia considera que es oportuno y pertinente
acceder a la misma.
Que, es facultad del Concejo Municipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos, derechos y tasas de
conformidad con el Artículo 248 de la Constitución Política de la República de Panamá.
Que, el Artículo 14 de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, establece que: Los Concejos Municipales regularán la
vida jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de Ley dentro del respectivo distrito.
ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO:
APROBAR,
como en efecto aprobamos, la exoneración por un año del impuesto de
fosa en el Cementerio Municipal de San Miguelito del señor ROBERTO GAYLE GARRIDO, (Q.E.P.D.) con
cédula No.8-805-2174 a favor del señor REYNALDO ANIBAL GAYLE GARRIDO, con cédula No.8-819-986
por la suma de
NOVENTA
Y
TRES
BALBOAS
CON
33/100 (B/.93.33)
ARTÍCULO
SEGUNDO: Notificar el contenido del presente Acuerdo a la Dirección de Tesorería, para que
realicen las adecuaciones correspondientes y no se vean afectadas las finanzas municipales y así no se proceda
con el cobro de dicho gravamen haciendo la aclaración que dicha exoneración será aplicable exclusivamente por
el monto establecido en el artículo anterior.
ARTÍCULO
TERCERO:
Este Acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación y sanción.
Dado en el salón de sesiones del Concejo Munieípal del Distrito de San Migue lito, a los diecisiete ( 17) días del
mes de abril, del año dos mil veintitrés (2023).
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Subsecretaria General del Concejo Municipal
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Vicepresidente del Concejo Municipal
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SANCIONADO: El Acuerdo cuarenta y uno ( 4 J) del día diecisiete ( 17) de abril del año dos mil veintitrés (2023)
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