Acuerdo N° 46. Por medio del cual, se aprueba la exoneración de impuesto de fosa del cementerio municipal distrito de san miguelito, del menor joseph armando vega valdés.

Fecha de publicación01 Junio 2023
Fecha02 Mayo 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29794 Gaceta Oficial Digital, jueves 01 de junio de 2023 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MUNICIPIO DE
SAN
MIGUELITO
CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO
ACUERDO
No. 46
(Del 2 de mayo de 2023)
"Por
medio del cual, se aprueba la exoneración de impuesto de
fosa del Cementerio Municipal distrito de San Miguelito,
del menor JOSEPH ARMANDO VEGA V ALDÉS "
EL
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
SAN
MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el Pleno de esta Cámara Edilicia, del Honorable Concejal CÉSAR CABALLERO,
ha
presentado formal
solicitud de exoneración de impuesto por el pago de fosa en el Cementerio Municipal de San Miguelito, del menor
JOSEPH ARMANDO VEGA V ALDÉS (Q.E.P.D.).
Que, luego de
una
amplia explicación la solicitud fue analizada, revisada, discutida y aprobada en Sesión Ordinaria
Municipal, por lo que luego del análisis realizadú, ésta Cámara Edilicia considera que es oportuno y pertinente
acceder a la misma.
Que, es facultad del Concejo Municipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos, derechos y tasas de
conformidad con el Artículo 248 de la Constitución Política de la República de Panámá.
Que, el Artículo 14 de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, establece que: Los Concejos Municipales regularán la
vida jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de ley dentro del respectivo distrito.
ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO:
APROBAR, como en efecto aprobamos, la exoneración por
un
año del
impuesto de fosa en el Cementerio Municipal de San Miguelito, del menor
JOSEPH
ARMANDO
VEGA
VALDÉS (Q.E.P.D.) con cédula No.8-1006-1477, a favor de su mamá, la señora RAQUEL DEL
CARMEN V ALDÉS, con cédula No.8-799-2108 por la suma de NOVENTA Y
TRES
BALBOAS
CON
33/100 (B/.93.33)
ARTÍCULO
SEGUNPO:
Notificar el contenido del presente Acuerdo a la Dirección de Tesorería, para que
realicen las adecuaciones correspondientes y no se vean afectadas las finanzas municipales y así no se proceda
con
e]
cobro de dicho gravamen haciendo la aclaración que dicha exoneración será aplicable exclusivamente por
el monto establecido en el artículo anterior.
ARTÍCULO
TERCERO:
Este Acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación, sanción y promulgación
en
la Gaceta Oficial.
Vícepresidente del Concejo Municipal
SANCIONADO: El Acuerdo cuarenta y seis (46) del día dos (2) de mayo del año dos mil veintitrés (2023)
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H.A.
HÉCTOR
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CARRASQUILLA
Fecha: - - - -
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-
Alcalde

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