Acuerdo N° 47. Por medio del cual, se aprueba la exoneración de impuesto de fosa del cementerio municipal distrito de san miguelito de la señora benilda díaz pérez.

Fecha de publicación01 Junio 2023
Fecha10 Mayo 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29794 Gaceta Oficial Digital, jueves 01 de junio de 2023 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MUNICIPIO DE
SAN
MIGUELITO
CONCEJO
MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO
ACUERDO No. 47 .
(Del 1 O de mayo de 2023)
"Por medio del cual, se aprueba la exoneración de impuesto de
fosa del Cementerio Municipal distrito de San Miguelito
de la señora BENILDA DÍAZ PÉREZ."
EL
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el Pleno de esta Cámara Edilicia, la Honorable Concejal GERTRUDIS KJRTON,
ha
presentado fonnal
solicitud de exoneración de impuesto
por
el pago de fosa en el Cementerio Municipal de San Miguelito para la
señora BENILDA DÍAZ PÉREZ (Q.E.P.D.).
Que, luego de una amplia explicación la solicitud fue analizada, revisada, discutida y aprobada en sesión ordinaria
Municipal, por lo que luego del análisis realizado, ésta Cámara Edilicia considera que es oportuno y pertinente
acceder a la misma.
Que, es facultad del Concejo Municipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos, derechos y tasas de
conformidad con el Artículo 248 de la Constitución Política de la República de Panamá.
Que, el Artículo
14
de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, establece que: Los Concejos Municipales regularán la
vida jurídica de los municipios por medio de acuerdos que tienen fuerza de ley dentro del respectivo distrito.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, como en efecto aprobamos, la Exoneración por un año del
Impuesto de Fosa en el Cementerio Municipal de San Miguelito de la señora BENILPA DÍAZ PÉREZ,
(Q.E.P.D.) con cédula No.5-2-164 a favor de la señora MARITZA AIDE ALVAEZ, con cédula No.8-
870-300, por la suma de NOVENTA Y
TRES
BALBOAS
CON
33/100 (B/. 93.33)
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar
el
contenido del presente acuerdo a la Dirección de Tesorería, para que
realicen las adecuaciones correspondientes y no se vean afectadas las finanzas municipales y así no se proceda
con el cobro de dicho gravamen haciendo la aclaración que dicha exoneración será aplicable exclusivamente por
el monto establecido en
el
artículo anterior.
ARTÍCULO TERCERO: Este acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación y sanción.
Dado en el salón
de
sesiones del Concejo Municipal del distrito de San Miguelito, a
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diez
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días del mes de
o del año dos mil veintitrés (2023).
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SANCIONADO: El acuerdo cuarenta y siete ( 4 7) del día diez ( 1
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de mayo del año dos mil veintitrés (2023)
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Alcalde

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