Acuerdo N° 48. Por medio del cual, se aprueba la exoneración de impuesto de fosa del cementerio municipal del distrito de san miguelito al señor anthony joel arango bravo.

Fecha de publicación01 Junio 2023
Fecha16 Mayo 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29794 Gaceta Oficial Digital, jueves 01 de junio de 2023 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MUNICIPIO DE
SAN
MIGUELITO
CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO
ACUERDO
No.
48
(Del
16
de mayo de 2023)
"Por medio del cual, se aprueba la exoneración de impuesto de
fosa del Cementerio Municipal del distrito de San Miguelito
al sefior ANTHONY JOEL ARANGO BRAVO "
EL
CONCEJO
MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el pleno de esta Cámara Edilicia, del Honorable Concejal CÉSAR CABALLERO, ha presentado formal
solicitud de exoneración de impuesto por el pago de fosa en el Cementerio Municipal del distrito de San Miguelito,
para el seftor
ANlHONY
JOEL ARANGO BRAVO (Q.E.P.D.).
Que, luego de una amplia explicación la solicitud fue analizada, revisada, discutida y aprobada en Sesión Ordinaria
Municipal, por lo que luego del análisis realizado, ésta Cámara Edilicia considera que es oportuno y pertinente
acceder a la misma.
Que, es facultad del Concejo Municipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos, derechos y tasas de
conformidad con el Artículo 248 de la Constitución Política de la República de Panamá.
Que, el Artículo
14
de la ley 106 de 8 de octubre de 1973, establece que: Los Concejos Municipales regularán la
vida jurídica de los Municipios por medio de acuerdos que tienen fuerza de ley dentro del respectivo distrito.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, como en efecto aprobamos, la exoneración por un año del
impuesto de fosa en el Cementerio Municipal de San Miguelito al señor ANTHONY JOEL ARANGO
BRAVO (Q.E.P.D.) con cédula No.8-981-746, a favor de su mamá, la Sra. ISIS YANETH BRAVO
MARIN con cédula No.8-325-594, por la suma de NOVENTA Y
TRES
BALBOAS
CON
33/100
(B/.93.33)
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar el contenido del presente Acuerdo a la Dirección de Tesorería, para que
realicen las adecuaciones correspondientes y no se vean afectadas las finanzas municipales y así no se proceda
con el cobro de dicho gravamen haciendo la aclaración que dicha exoneración será aplicable exclusivamente por
el monto establecido en el artículo anterior. · ·
ARTÍCULO TERCERO: Este Acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación, sanción y promulgación.
Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal del distrito de San Miguelito, dieciséis (16) días del mes de
mayo el afio dos mil veintitrés (2023) .
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ÁN CHERIBÍN
Vicepresidente del Concejo Municipal
SANCIONADO: El acuerdo cuarenta y ocho (48) del día dieciséis (16) de mayo del afio dos mil veintitrés (2023).
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B.A.
HECTOR
Alcalde

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