Acuerdo N° 5. Por medio del cual se aprueba contrato de compra venta de terreno municipal.

Fecha de publicación11 Marzo 2022
Fecha01 Febrero 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE AGUADULCE / COCLÉ
No. 29493 Gaceta Oficial Digital, viernes 11 de marzo de 2022 1
ACUERDO
N°.5
(De
01
de
febrero
de
2022)
Por
medio
del
cual
se
aprueba contrato
de
compra
venta
de
ten-eno
municipal.
EL
CONCEJO
MUNICIPAL
DE
AGLÍADULCE,
CONSIDERANDO:
Que
a
través
de
solicitud
de
fecha
27
de
abril
de
1998,
CARMELO RODRÍGUEZ VALDERRAMA,
varón,
panameño,
mayor
de
edad,
con
residencia
en
El
Cristo,
Corregimiento
El
Cristo, Distrito
de
Aguadulce,
portador
de
la
cédula
de
identidad
personal
N°.2-90-2238.
solicitó
la
adjudicación
a
título
de
plena
propiedad
por
venta
de
un
(1)
lote
de
terreno
ubicado
en
El
Cristo,
Corregimiento
El
Cristo,
Distrito
de
Aguadulce,
el
cual
se
describe
en
el
Plano
N°.20110281,
inscrito
en
el
Ministerio
de
Hacienda
y
Tesoro, Dirección
General
de
Catastro,
el
día
28
de
septiembre
de
1995.
Dicho
lote de
terreno tiene
una
superficie
de
TRESCIENTOS
SESENTA
Y
SEIS
METROS
CUADRADOS
CON
CUARENTA
DECIMETROS CUADRADOS
(366.40M2),
perteneciente
a
las
áreas
adjudicables
de
la
finca
propiedad
de)
Municipio
de
Aguadulce
N°2941,
Tomo
N°.345.
Folio
N°.224, comprendido
dentro
de
los
siguientes
linderos: Norte:
finca
18667,
Rollo
16175, Doc.
1,
propiedad
de
Iradela
Del
Carmen
Nieto;
Sur:
Servidumbre;
Este:
Eneida Rodríguez
(usuaria),
Finca
2941,
Tomo
N°.345,
Folio
N°224;
y
Oeste: Finca 2941,
Tomo
N°.345,
Folio
N°.224
(Plazoleta
Pública).
Que
adjunto
a
la
solicitud
presenta
tres copias
de
planos
del
terreno;
informe
de
mensura,
ocho
balboas
de
timbres,
constancia
de
derechos posesorios,
paz
y
salvo
municipal,
hoja
de
colindantes,
y
constancia
de
las
publicaciones
de
edictos
en
la
Gaceta
Oficial,
periódicos,
en
la
Alcaldía
y
en
la
Casa
de
Justicia
Comunitaria
de
Paz
del
Corregimiento
El
Cristo.
Que
el
artículo
31
del
Acuerdo Municipal N°.25
de
19
de
marzo
de
2019,
que
dieta
disposiciones
relativas
a
la
venta,
uso,
arrendamiento
y
adjudicación
de
lotes
y
tierras
municipales
señala
que
“Cumplidos
los
trámites
y
requisitos
para
la
adjudicación definitiva
de
terrenos municipales,
el
Alcalde
remitirá
al
Concejo
Municipal
el
Proyecto
de
Acuerdo
para
la
aprobación
del
Contrato
de
Compra
Venta,
Arrendamiento
o
uso,
con
el
expediente
que
debe
contener
todos
los
documentos
exigidos
por
el
presente
Acuerdo
Municipal
y
las
disposiciones
legales
que
le
sean
aplicables”
Que
el
costo
del
lote
de
terreno
se
fijó
en
la
suma
de
ciento
cuarenta
y
seis
balboas
con
cincuenta
y
seis
centavos
(B/.146.56),
cantidad totalmente cancelada
mediante abonos,
de
la
siguiente
manera:
recibo
N°.10687
de
09/11/99
por
B/.14.65;
recibo
N.15037
de
17/05/2000
por BL20.00;
recibo
N°.30570
de
03/12/2001
por
B/.20.00;
recibo
N°39432
de
25/07/2002
por
B/.lO.00;
recibo N°.91558
de
23/12/2008
por
BLl0.00;
recibo
N°.288984
de
07/04/2016
por
B/.10.00;
recibo
N°290614
de
05/05/2016
por B/.lO.00; recibo
N°.205879
de
31/07/2017
por
B/.10.00;
recibo
N°.405340
de
27/07/2021
por
B/.4l.9l.
Que
cumplidos
los
trámites
y
habiendo
lugar
a
la
adjudicación
definitiva,
el
Alcalde
Municipal
del
Distrito
de
Aguadulce,
mediante
Resolución
N°.
14-2021 de
31
de
mayo
de 2021
declara
a
CARMELO
RODRIGUEZ
VALDERRAMA,
varón,
panameño,
mayor
de
edad,
portador
de
la
cédula
de
identidad
personal
N°.2-90-2238,
comprador
legítimo
del
lote
de
terreno
antes
descrito,
con
derecho
a
que
se
le
expida
la
correspondiente
escritura
pública,
con
las
restricciones
de ley.
ACUERDA:
ARTICULO
1.
Aprobar
contrato
de
compra
y
venta
de
terreno
municipal
entre
el
Municipio
de
Aguadulce,
representado
por
el
Alcalde
Municipal
del
Distrito
de
Aguadulce
y
CARMELO
RODRíGUEZ
VALDERRAMA,
varón,
panameño,
mayor
de
edad,
con
residencia
en
El
Cristo,
Corregimiento
El
Cristo, Distrito
de
Aguadulee, portador
de
la
cédula
de
identidad personal
N°.2-90-
2238
de
un
lote
de
terreno
municipal,
con
superficie
de
TRESCIENTOS
SESENTA
Y
SEIS
METROS
CUADRADOS CON
CUARENTA
DECÍMETROS
CUADRADOS
(366.40M2),
el
cual
se
describe
en
el
primer
considerando
de
este
Acuerdo
Municipal.
ARTÍCULO
2.
Este
Acuerdo
rige
a
partir
de
su
sanción
y
promulgación.
DADO
EN EL
SALÓN
DE
SESIONES
DEL
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
AGUADULCE,
EL
UNO
(01)
DE
FEBRERO
DE
DOS MIL
VEINTIDOS
(2022).
1-1
.[lEuc
l&s
Ortíz
Li
cd
A.
Vii)rrué
G.
Presidente
de
Concejo
Municipal
Secretario
Oneral
del
Concejo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR