Acuerdo Nº 5 de Superintendencia de Bancos, 2011

Año2011
Número de acuerdo5
Fecha20 Septiembre 2011
Tipo de documentoAcuerdo
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
ACUERDO No. 005 -2011
(de 20 de septiembre de 2011)
Por medio del cual se dicta un nuevo Acuerdo que actualiza las disposiciones
sobre Gobierno Corporativo
LA JUNTA DIRECTIVA
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que a raíz de la emisión del Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008, el Órgano
Ejecutivo elaboró una ordenación sistemática en forma de Texto Único del Decreto
Ley 9 de 1998 y todas sus modificaciones, la cual fue aprobada mediante Decreto
Ejecutivo 52 de 30 de abril de 2008, en adelante la Ley Bancaria;
Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 5 de la Ley Bancaria, es objetivo
de la Superintendencia de Bancos fortalecer y fomentar las condiciones propicias
para el desarrollo de Panamá como Centro Financiero Internacional;
Que de conformidad con el numeral 5 del artículo 11 de la Ley Bancaria,
corresponde a esta Superintendencia fijar, en el ámbito administrativo, la
interpretación y alcance de las disposiciones legales o reglamentarias en materia
bancaria;
Que de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley
Bancaria, son atribuciones de carácter técnico, de la junta directiva el aprobar
normas generales para la identificación, regulación y supervisión consolidada de los
bancos y de los grupos bancarios;
Que el artículo 55 de la Ley Bancaria establece que los bancos estarán obligados a
cumplir con las normas de gobierno corporativo dictadas por la Superintendencia;
Que el presente Acuerdo, en lo que respecta a los fundamentos de un buen gobierno
corporativo, a la estructura y las responsabilidades de las juntas directivas, y a la
relación entre las juntas directivas y la gerencia superior, establece lineamientos que
sirven como guías para que los bancos se estructuren adecuadamente dentro de
sanas y seguras prácticas bancarias; y que también se constituyen en parámetros de
referencia bajo los cuales la Superintendencia de Bancos realizará las evaluaciones
sobre la gestión de cada banco;
Que mediante el presente Acuerdo la Superintendencia de Bancos, al requerir a los
bancos la existencia de un marco claro de control interno, proveerá a esta institución
con una herramienta adecuada de supervisión para requerir a los bancos un entorno
apropiado de control interno. Además, un claro marco, contribuye a proveer guías
explícitas para las juntas directivas y la administración del banco sobre sus
responsabilidades, y de esa manera reducir el riesgo operativo;

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