Acuerdo Nº 5 de Superintendencia de Bancos, 2006

Año2006
Número de acuerdo5
Fecha06 Octubre 2006
Tipo de documentoAcuerdo
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
ACUERDO No. 005–2006
(de 6 de octubre de 2006)
“Por el cual se modifican los Artículos 6 y 8 del Acuerdo 5-98 de 14 de octubre de 1998, y se
adiciona el Artículo 6-A”
LA JUNTA DIRECTIVA
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el Artículo 41 del Decreto Ley No. 9 de 26 de febrero de 1998,
corresponde a esta Superintendencia definir y establecer cada uno de los elementos del capital de
los Bancos de Licencia General, fijar las bases para la aplicación del requisito de adecuación de
capital y establecer las deducciones a la base de capital;
Que de conformidad con el Artículo 45 del Decreto Ley No. 9 de 1998, corresponde a esta
Superintendencia fijar los índices de ponderación de activos y de las operaciones fuera de
balance de los Bancos de Licencia General, de acuerdo con las pautas de aceptación
internacional en la materia;
Que de conformidad con el Numeral 7 del Artículo 16 del Decreto Ley No. 9 de 1998,
corresponde a esta Superintendencia fijar, en el ámbito administrativo, la interpretación y alcance
de las disposiciones legales o reglamentarias en materia bancaria; y
Que en sesiones de trabajo de esta Junta Directiva con la Superintendente de Bancos se ha puesto
de manifiesto la conveniencia de modificar los Artículos 6 y 8 del Acuerdo 5-98 de 14 de
octubre de 1998, así como adicionar el Artículo 6-A.
ACUERDA
ARTÍCULO 1: El Artículo 6 del Acuerdo No. 5-98 de 14 de octubre de 1998 quedará así:
ARTÍCULO 6. CLASIFICACIÓN DE LOS ACTIVOS POR CATEGORÍAS. Para los
efectos de su ponderación por riesgo, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 45 del
Decreto Ley No. 9 de 1998, los activos se clasificarán en las siguientes categorías cuyo
porcentaje de riesgo se indica a continuación:
Categoría Ponderación de riesgo
(%)
1 0
2 10
3 20
4 50
5 100
Corresponden a cada una de las siguientes categorías los activos que se indican a
continuación:
1. Categoría 1: (0%)
a. Fondos disponibles mantenidos en caja.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR