Acuerdo N° 6. Por medio del cual, se aprueba prescripción de impuesto de placa de circulación vehicular a favor del señor ulises reyes moreno.

Fecha de publicación20 Febrero 2024
Fecha17 Enero 2024
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29972 Gaceta Oficial Digital, martes 20 de febrero de 2024 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO
ACUERDO No.6
(Del 17 de enero
de
2024)
"Por
medio del cual, se aprueba prescripción de impuesto
de placa de circulación vehicular a
la
favor del señor
ULISES REYES
MORENO"
CONCEJO MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
SAN MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el pleno de esta Cámara
la
Honorable Sheyla Grajales, ha presentado formal
solicitud de prescripción del impuesto de placa de circulación vehicular, a favor del señor
ULISES REYES MORENO,
con
cédula de identidad personal No.8-670-440, que mantiene
inscrito su vehículo
en
el Municipio de
San
Miguelito.
Que,
la
petición fue analizada, revisada, discutida y aprobada por urgencia notoria de
la
sesión del Concejo, por lo que luego del análisis realizado, ésta Cámara Edilicia considera
que es oportuno y pertinente acceder a
la
prescripción de los contribuyentes que mantienen
inscritos sus vehículos
en
el Municipio
de
San
Miguelito.
Que, es facultad del Concejo Municipal conceder exenciones o exoneraciones de impuestos,
derechos y tasas,
de
conformidad
con
el Artículo 248 de
la
Constitución Política de
la
República de Panamá.
Que, el Artículo 14 de
la
Ley
106 de 8 de octubre de1973, establece que: Los Concejos
Municipales regularán
la
vida
jurídica de los Municipios
por
medio de Acuerdos que tienen
fuerza de ley dentro del respectivo Distrito.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRI.MERO: RECONOCER, prescripción del impuesto de
placa
de
circulación vehicular a favor del señor ULISES REYES
MORENO,
con
cédula No.8-670-
440 propietario del vehículo
con
placa
No.316572, por
la
suma
de NOVECIENTOS
CUARENTA Y
DOS
BALBOAS
CON
VEINTICINCO C¡ÉNTÉSIMOS (B/.942.25) y
sacarlo de circulación. 1
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar
el
contenido del presente Acuerdo a la Dirección
ae
Tesorería Municipal y al Departamento
de
Vehículo, para que realicen las adecuaciones
correspondientes y no se
vean
afectadas las finanzas municipales y así no se proceda
con
el
cobro de dicho gravamen.
ARTÍCULO TERCERO: Este Acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación, sanción
y posterior promulgación
Dado
en
el salón
de
sesiones del Concejo Municipal del Distrito de San Miguelito, a los
diecisiete . ) días del mes d enero del año dos mil veinticuatro {2024).
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. C.
OMARMONTILLA
;Presidente
de Concejo Municipal
Distrito de
San
Miguelito
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