Acuerdo N° 61. Por el cual se aprueban por insistencia los gastos contemplados en el presupuesto de rentas, gastos e inversión del municipio de aguadulce, para la vigencia fiscal del año 2023 y se ordena al alcalde del distrito que reenvíe a la oficina de control fiscal de la contraloría general de la república, la planilla devuelta sin sancionar por ésta, para que los mismos sean refrendados por insistencia.

Fecha de publicación29 Mayo 2023
Fecha09 Mayo 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE AGUADULCE / COCLÉ
No. 29791 Gaceta Oficial Digital, lunes 29 de mayo de 2023 1
ACUERDO Nº.61
(De 09 de mayo de 2023)
Por el cual se aprueban por insistencia los gastos contemplados en el Presupuesto de Rentas,
Gastos e Inversión del Municipio de Aguadulce, para la vigencia fiscal del año 2023 y se ordena
al Alcalde del distrito que reenvíe a
la
oficina de Control Fiscal de la Contraloría General de
la
República, la planilla devuelta sin sancionar por ésta, para que los mismos sean refrendados por
insistencia.
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE
AGUADULCE,
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 232 de
la
Constitución Política de
la
República de Panamá, establece que el
Municipio es la organización política autónoma de la comunidad establecida en un Distrito;
Que el artículo 288 de la Ley 336 de 14
de
noviembre de 2022, establece que los Representantes
de Corregimiento tienen derecho
al
pago de gastos de representación, por lo que los Municipios
de todo el país tomaron la decisión de incorporar en sus respectivos presupuestos el pago
correspondiente;
Que el artículo
121
de
la
Ley 106 de 8 de octubre de 1973, modificada por
la
Ley 52 de 1984, y
el artículo 115 de la Ley 37 de 29 de junio de 2009, establecen que el presupuesto es el acto del
Gobierno Municipal que contiene el plan operativo anual para dirigir el funcionamiento e
inversión del Municipio, el cual debe indicar el origen y monto de los recursos recaudados y el
costo de las funciones y programas de la municipalidad, expresados
en
términos de los resultados
que se pretenden alcanzar y de los recursos necesarios para lograrlos;
Que
por
medio del Acuerdo Municipal No.8 de
18
de enero de 2023, se aprueba el presupuesto
de Rentas, Gastos e Inversión del Municipio de Aguadulce, para la Vigencia Fiscal del año 2023,
el cual entra a la vida jurídica de este país por medio
de
su publicación en
la
Gaceta Oficial
Digital No.29713 de fecha
01
de febrero de 2023;
Que en dicho presupuesto municipal se determinó que por medio de
la
partida
No.507.0.1.01.01.001.030, se haría el pago de los "Gastos de Representación" a los
Representantes de Corregimiento, de acuerdo al mandato establecido en
la
Ley 336 de
14
de
noviembre de 2022;
Que dando cumplimiento a lo que dispone el artículo 243 de la Constitución Política de Panamá,
el Alcalde ordenó la realización de dichos pagos, ajustándose al presupuesto y a los reglamentos
de contabilidad, para lo cual la tesorería municipal confeccionó los documentos con la
sustentación correspondiente, remitiendo los mismos para el refrendo a
la
oficina de Control
Fiscal de la Contraloría General de la República
en
el Municipio de Aguadulce; sin embargo, los
mismos fueron devueltos por esa oficina sin refrendar;
Que el artículo 77 de la Ley 32 del 8 de noviembre de 1984; Ley orgánica de la Contraloría
General de la República, establece que
en
caso de que el funcionario u organismo que emitió la
orden de pago o el acto administrativo insista en el cumplimiento de aquélla o de éste,
la
Contraloría deberá cumplirlos o,
en
caso contrario, pedir a
la
Sala de lo Contencioso
Administrativo de
la
Corte Suprema de Justicia que se pronuncie sobre
la
viabilidad jurídica del
pago o del cumplimiento del acto;

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