Acuerdo N° 61. Por medio del cual se aprueba la exoneración del 50% del impuesto de actividad deportiva liga de softball en el corregimiento de cañita.

Fecha de publicación10 Agosto 2023
Fecha18 Julio 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE CHEPO / PANAMÁ
No. 29844 Gaceta Oficial Digital, jueves 10 de agosto de 2023 1
Municipio de Chepa
Avenida
San
Cristóbal,
Corregimiento
de
Chepo,
Distrito
de
Chepo
ACUERDO No.
61
(De 18
de
julio de 2023)
"Por medio del cual se aprueba la exoneración del 50% del impuesto de actividad deportiva liga de softball en
en el corregimiento de Cañita"
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CHEPO
CONSIDERANDO:
Que ante el Pleno de esta Cámara edilicia se ha presentado solicitud de exoneración del impuesto Municipal para
la actividad deportiva liga de softball en el corregimiento
de
Cañita, al señor Francisco Crespo con cédula de
identidad personal no. 8-780-381.
Que luego
de
una amplia explicación la solicitud fue analizada, revisada, discutida y aprobada en Sesión
Ordinaria Municipal, por lo que luego del análisis realizado, esta cámara edilicia considera que
es
oportuno y
pertinente acceder a
la
misma.
Que es facultad del Concejo Municipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos, derechos y tasas de
conformidad con el artículo 248 de la Constitución Política
de
la
República de Panamá.
Que el artículo 14 de la Ley 106 de 1973, establece que: "Los Concejos Municipales regularán la vida jurídica de
los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de Ley dentro del respectivo distrito". Que en mérito de
lo anterior descrito esta cámara Edilicia.
ACUERDA.
ARTÍCULO PRIMERO: Reconocer como en efecto lo hacemos, la exoneración del 50% del pago del impuesto
Municipal
de
la actividad deportiva "Liga de softball" con venta de comidas y bebidas alcohólicas a realizarse
en el cuadro deportivo Honorato Cedeño del corregimiento de Cañita, distrito de Chepa. Dicha actividad sera
realizada durante los días domingo, iniciando el 30
de
julio hasta el 29 de octubre del 2023, en un horario de
8:30
am
hasta las 6:30 pm.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar del contenido del presente Acuerdo a la dirección de Tesorería, para que
realicen las adecuaciones correspondientes y no se vean afectadas las finanzas municipales y así no se proceda
con el cobro de dicho gravamen haciendo la aclaración que dicha exoneración será aplicable exclusivamente por
el monto establecido en el artículo anterior.
ARTÍCULO TERCERO: Este Acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación, sanción y promulgación.
Dado en el Salón de Sesiones "Tomás Gabriel Altamirano Mantovani del Honorable Concejo Municipal del
distrito de Chepa, a los dieciocho (18) días del mes
de
julio de dos mil veintitres (2023).
~
Rita
Gutiérrez
Secretaria del Concejo Municipal
Recepción
de
Alcaldía:
519-1251
Consejo: 519-1606
Tesorería: 519-1603 Ingeniería Municipal: 519-1605
-;
'

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