Acuerdo N° 64. Por medio del cual, se aprueba la exoneración de impuesto de fosa del cementerio municipal del distrito de san miguelito, al niño justin sabugara mesua (q.e.p.d.).

Fecha de publicación27 Julio 2023
Fecha13 Junio 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29834 Gaceta Oficial Digital, jueves 27 de julio de 2023 1
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REPÚBLICA DE PANAMÁ
MUNICIPIO DE SAN
MIGUELITO
CONCEJO
MUNICIPAL DE SAN
MIGUELITO
ACUERDO
No.64
(Del
13
de
junio
de 2023)
"
Por
medio del cual, se aprueba la exoneración de impuesto
de fosa del Cementerio Municipal del distrito de San Miguelito,
al niño JUSTIN SABUGARA MESUA (Q.E.P.D.)"
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
SAN
MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el Pleno de esta Cámara Edilicia el Honorable Concejal IV
ÁN
CHERIBÍN,
ha
presentado solicitud
de
exoneración de impuesto
por
el pago de fosa en el Cementerio Municipal
de
San Miguelito del niño
JUSTIN SABUGARA MESUA (Q.E.P.D).
Que, luego de una amplia explicación la solicitud fue analizada, revisada, discutida y aprobada en Sesión
Ordinaria Municipal, por lo que luego del análisis realizado, ésta Cámara Edilicia considera que es oportuno
y pertinente acceder a la misma.
Que, es facultad del Concejo Municipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos, derechos y
tasas de conformidad con el Artículo 248 de la Constitución Política de la República de Panamá.
Que, el Artículo
14
de
la
Ley 106 de 8 de octubre de 1973, establece que:
Los
Concejos Municipales regularán
la vida jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de ley dentro del respectivo
distrito.
ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO:
APROBAR,
como en efecto aprobamos,
la
exoneración por un (1) año del
impuesto de fosa en el Cementerio Municipal de San Miguelito, del señor JUSTIN SABUGARA MESUA
(Q.E.P.D.), con cédula No.8-1166-1340, a favor del señor ISIDRO SABUGARA,
con
cédula No.5-703-474,
por la suma de NOVENTA Y TRES BALBOAS CON TREINTA Y TRES CENTÉSIMOS (B/.93.33).
ARTÍCULO
SEGUNDO:
Notificar el contenido del presente Acuerdo a la Dirección de Tesorería, para que
realicen las adecuaciones correspondientes y no se vean afectadas las finanzas municipales y así no se
proceda con el cobro de dicho gravamen haciendo
la
aclaración que dicha exoneración será aplicable
exclusivamente por el monto establecido en el artículo anterior.
ARTÍCULO
TERCERO:
Este Acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación, sanción y promulgación
en la Gaceta Oficial.
Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal del distrito de San Miguelito, a los trece ( 13) días del
mes de ·uní
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titrés (2023).
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SANCIONADO:
El Acuerdo
(2023).
H.A.
BÉCTOR
Alcalde
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H.
C.
IV
ÁN
CHERIBÍN
Vicepresidente del Concejo Municipal
Fecha:
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