Acuerdo N° 65. Por medio del cual, se aprueba la exoneración de impuesto de fosa del cementerio municipal del distrito de san miguelito, a la bebé dora lisbeth rojas mina (q.e.p.d.).

Fecha de publicación27 Julio 2023
Fecha22 Junio 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29834 Gaceta Oficial Digital, jueves 27 de julio de 2023 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MUNICIPIO DE SAN MIGUELITO
CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO
ACUERDO No.65
(Del 22 de junio de 2023)
"Por medio del cual, se aprueba la exoneración de impuesto
de fosa del Cementerio Municipal del distrito de San Miguelito,
a la bebé DORA LISBETH ROJAS MINA (Q.E.P.D.)"
CONCEJO MUNICIPAL
DEL
DISTRITO DE SAN MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el Pleno de esta Cámara Edilicia la Honorable Concejal GERTRUDIS KIRTON, ha presentado solicitud
de exoneración de impuesto por el pago de fosa en el Cementerio Municipal
de
San Miguelito de la bebé DORA
LISBETH ROJAS MINA (Q.E.P.D).
Que, luego de una amplia explicación la solicitud fue analizada, revisada, discutida y aprobada en Sesión Ordinaria
Municipal, por lo que luego del análisis realizado, ésta Cámara Edilicia considera que es oportuno y pertinente
acceder a la misma.
Que, es facultad del Concejo Municipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos, derechos y tasas de
conformidad con el Artículo 248 de la Constitución Política de la República de Panamá.
Que, el Artículo
14
de
la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, establece que: Los Concejos Municipales regularán la
vida jurídica
de
los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de Ley dentro del respectivo distrito.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, como en efecto aprobamos, la exoneración por un (1) año del impuesto
de fosa en el Cementerio Municipal de San Miguelito, de la bebé DORA LISBETH ROJAS MINA (Q.E.P.D.),
con cédula No.8-1273-1321, a favor de la señora LIZBETH MINA, con cédula No.8-785-1675, por la suma de
NOVENTA Y TRES BALBOAS CON TREINTA Y TRES CENTÉSIMOS (B/.93.33).
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar del contenido del presente Acuerdo a la Dirección de Tesorería, para que
realicen las adecuaciones correspondientes y no se vean afectadas las finanzas municipales y así no se proceda
con el cobro
de
dicho gravamen haciendo la aclaración que dicha exoneración será aplicable exclusivamente por
el monto establecido en el artículo anterior.
ARTÍCULO TERCERO: Este Acuerdo empezará a regir a partir de su aprobación, sanción y promulgación en
la Gaceta Oficial.
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ÍN
Vicepresidente del Concejo Municipal
Distrito de San Miguelito
SANCIONADO:
El
Acuerdo
sesenta
y
cinco
(65)
del
día
y~intid.Qs
(22)
de
junio
del
año
dos
mil
veintitrés (2023).
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