Acuerdo N° 69. Por medio del cual el consejo municipal de panamá, realiza modificaciones de carácter temporal al acuerdo no. 281 de 6 de diciembre de 2016, a razón de la problemática que enfrenta el país por el brote infeccioso del covid-19 y ordena otras disposiciones.

Fecha de publicación17 Febrero 2021
Fecha17 Marzo 2020
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE PANAMÁ
No. 29220-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 17 de febrero de 2021 1
CONSEJO MUNICIPAL DE PANAMA
Panamá, R.P.
ACUERDO N°69
De 17 de marzo de 2020.
Por
medio de la
cual el Consejo Municipal de Panamá, realiza
modificaciones de carácter temporal al Acuerdo N°281 de 6 de diciembre
de 2016. a razón de la problemática que enfrenta el país por el brote
infeccioso del COVID-19 y ordena otras disposiciones.
EL CONSEJO MUNICIPAL DE PANAMÁ
En uso de sus facultades legales y,
CONSIDERANDO:
Municipio le corresponde: ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación
ciudadana, así como el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás
funciones que le asigne la Constitución y la Ley';
Que de conformidad con el Artículo 15 de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, modificado
por la Ley 52 de 1984, los acuerdos; resoluciones y demás actos de los Consejos Municipales
y los decretos de los Alcaldes, sólo podrán ser reformados, suspendidos o anulados por el
mismo órgano o autoridad que los hubiere dictado y mediante la misma formalidad que
revistieron los actos originales;
Que el numeral 15 del Artículo 17 de la Ley 106 del 8 de octubre de 1973, modificada por la
Ley 52 de 1984. establece entre las competencias del Consejo Municipal la de reglamentar lo
relativo a las construcciones y servidos públicos municipales; teniendo en cuenta las
disposiciones generales sobre salubridad, Desarrollo Urbano y otras;
Que mediante Decreto Ejecutivo N°64 de 28 de enero de 2020, se adoptan las medidas que
sean imprescindible e impostergables, de acuerdo cori el Plan Nacional ante la amenaza por
el brote del nuevo Coronavirus (Covid-19), definido por el Ministeno de Salud, así como las
medidas extraordinarias que sean requeridas para evitar la introducción y propagación de
este problema de salud pública mundial;
Que, ante los casos registrados y confirmados en nuestro país, se hace inminente extremar
las medidas sanitarias para la mitigación de la enfermedad coronavirus (covid-19), tal y
Que, el Capítulo XVI del Acuerdo N°281 de 6 de diciembre
de 2016,
establece todo lo
relacionado a los requisitos y condiciones con los que deben cumplir los contribuyentes a la
hora de solicitar los permisos de ocupación de sus proyectos;
Que,
en vista de que la situación
que
acontece en el país causará un gran impacto en la
economía
de los
contribuyentes que ejecutan proyectos de construcción, este ente municipal
luego de evaluar las medidas que debe tomar la Alcaldía de Panamá no solo para evitar el
riesgo de contagio de sus funcionarios
a la hora de realizar
inspecciones en campo, sino
también la intención de colaborar con el contribuyente en la emisión del permiso de
ocupación para así rio atrasar las entregas de los proyectos que se encuentren debidamente
terminados y listos para ser ocupados por los propietarios de los mismos, el Consejo
Municipal
del Distrito de Panamá.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: ORDENAR
al Director de Obras y Construcciones de la Alcaldía de
Panamá, otorgar Permiso de Ocupación a aquellos contribuyentes que por razones
previamente justificadas requieran con carácter de urgencia el Permiso de Ocupación de su
proyecto exceptuando del procedimiento de manera temporal la inspección de las obras
como requisito previo que establece el Artículo 83 del Acuerdo N°281 de 6 de diciembre de
2016 para la emisión del mismo.

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