Acuerdo N° 7-2022. Por el cual se modifica el segundo numeral del acuerdo no. 16-2020, fechado el 11 de agosto de 2020, el cual habilitó la notificación mediante correo electrónico, de acuerdo con lo dispuesto en la ley 76 de 13 de febrero de 2019 “que aprueba el código de procedimiento tributario de panamá”, modificada por la ley 134 de 20 de marzo de 2020.

Fecha de publicación25 Febrero 2022
Fecha18 Febrero 2022
EmisorTRIBUNAL ADMINISTRATIVO TRIBUTARIO
No. 29485-A Gaceta Oficial Digital, viernes 25 de febrero de 2022 1
vrt
REPÚRLICA
1W
PANAMÁ
TRIBUNAL
A1)MINISTRATIVO
TRIRUTA
aria
Acuerdo
N.°
7-2022
En
la
ciudad
de
Panamá.
República
de
Panamá.
a
tos
dieciocho
(IX)
días
del
mes
de
febrero
de
dos
mil
veintidós
(2022).
en
las
olicinas
administrativas
del
tribunal
Administrativo
Tributario,
ubicadas
en
calle
53
Este con
Ave
3ra.
Sur.
edificio Victoria
Plaza,
piso
NY
3.
Obarrio.
Corregimiento
de
Bella Vista.
se
reunieron
los
Magistrados principales.
Rafael
Brown
Rangel. María
Elena
Moreno
De
Puv
y
Anel
Jesús
Miranda
Batista,
con
la
asistencia
de
la
secretaria
general
encargada
Alexandra
E.
Pérei
M.
Abierto
el
acto.
se
indicó
que
el
propósito
de
la
reunión
era
modi
ícai’
el
segundo
numeral
del
Acuerdo
N.°
16-2020
lechado
el
II de
agosto
(le
2020.
el
cual
hahiliió
la
notiÍicaeión
mediante
correo
electrónico,
de
acuerdo
con
lo
dispuesto
en
la
Ley
76
de
13
de
febrero
de
2019 “Que
aprueba
el
Código
de
Procedimiento Tributario
de
Panamá”,
modificada
por
la
Ley
134
de
20
de
‘ruirzo
de
2020.
Por
tanto.
Se
acuerda:
Primero:
Modificar
el
segundo
numeral
del
Acuerdo
NY
16—2020.
fechado
el
ll
de
agosto
de
2020,
el
cual
hahilitó
la
notificación mediante
correo
electrónico,
de
acuerdo
con
lo
dispuesto
en
la
Ley
76
de
13
de
febrero
de
2019
Que
aprueba
el
Código
de
Procedimiento
Tributario
de
Panamá”,
modificada
por
la
Ley
134
de
20
de
marzo
de
2020.
el
cual
quedará
así:
Segundo:
Comunicar
que
la
notihcacion
realizada
de
esta
manera
será
remitida desde
el
correo
electrónico
seeretariadctramites(&tat.goh.pa
al
que
se
deberá
adjuntar
la
resolución
o
acto
administrativo
a
notificar
y
surtirá
los
efectos
de
una
notificación
personal
la
cual
se
entenderá
hecha
a
los
cinco
(5)
días
después
de
la
fecha
de
envío
del
con’eo
electrónico,
por
parte
del
Tribunal
Administrativo
Tributario.
Segundo:
Mantener
en
todo
lo
demás
el
acuerdo
n°.
1
6-2020
de
11
de
agosto
de
2020.
Comuniqucse.
publíquese
y
cúmplase.
•1
MAR
A
ltl,.ENA
l
R’ILN
)
l)tÇ
PUY
Magistrada
\icepresidenNç\
-
.
.
1
-ALEXANDRÁ
E.
PEREZ
Nl.
Secretaria
General,
encargada
Tribunal
¿\dministrativo
Tributario,
República
de
Panamá
Sede
Central:
Ciudad
de
Panamá,
calle
53
Qbur,io.
PH
Victoria
Plazo, Piso
3
www.
trib
unali
ribu
t
ario.gob.p
a
Tercero’
fil
presente acuerdo
entra
a
regir
a
partir
de
su
promulgación.
presidente
ANEL
JESÚS
MIRANDA BATISTA
N1
agi
suado
vocal
ADMINISTRATIVO
TRIBUTARIO
Secretaria
General
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