Acuerdo N° 7-MND-2022. Por el cual se adopta el reglamento interno del consejo municipal del distrito de nole duima.

Fecha de publicación14 Septiembre 2022
Fecha11 Agosto 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE NOLE DUIMA/COMARCA NGOBE BUGLE
No. 29622 Gaceta Oficial Digital, miércoles 14 de septiembre de 2022 1
República de Panamá
Comarca Ngabe Bugle
Distrito Nole Duima
Concejo Municipal
ACUERDO
N.
0
7-MND-2022.
(De
11
de
agosto
de
2022)
Por
el
cual
se
adopta
el
Reglamento
Interno
del
Concejo
Municipal
del
Distrito
de
Nole
Duima
El
Concejo
Municipal
del
Distrito
de
Nole
Duima
en
uso
de
sus
facultades
Legales
CONSIDERANDO
Que
los
Concejos
Municipales
deben
dictar
su
régimen
interno
para
el
correcto
funcionamiento
y
organización
de
sus
competencias
como
órgano
deliberante.
Que
la
ley
106
de
1973,
modificada
por
la
Ley
52
de
1984,
establece
como
funciones
de
los
Concejos
dictar
su
Reglamento
Interno,
el
que
debe
desarrollar
el
procedimiento
para
el
desempeño
de
las
sesiones
y
debates.
Que
Los
concejales
del
Municipio
de
Nole
Duima,
han
manifestado
su
interés
en
contar
con
un
reglamento
que
regule
el
funcionamiento
del
Concejo
Municipal.
Que
el
Concejo
Municipal
de
Nole
Duima
funciona
adecuadamente,
sin
embargo,
se
hace
necesario
establecer
a
través
del
presente
reglamento
las
formalidades
y
actuaciones
ejercidas.
ACUERDAN
TITULO
1
MESA
DIRECTIVA
Y
OTROS
FUNCIONARIO
DEL
CONCEJOS
Capítulo
1
De
la
Mesa
Directiva
Artículo
1:
La
mesa
directiva
de
los
concejales
estará
conformada
por
un(a),presidente(a)
y
un(a),vicepresidente(a),
escogido
por
la
mayoría
de
los
miembros
del
Concejo
y
un(a),secretario(a),
que
no
es
concejal.
Artículo
2:
El(la),
presidente(
a),
del
concejo
tendrá
las
siguientes
funciones:
a.
Representar
al
Concejo
b.
Convocar
al
Concejo
a
sesiones
ordinarias
y
extraordinarias
c.
Presidir
las
sesiones
y
dirigir
un
orden
con
debate
d.
Presidir
la
Comisión
de
Mesa
y
nombrar
las
Comisiones
accidentales
necesarias
e.
Suscribir
las
actas
de
las
sesiones
del
Concejo,
de
la
Comisión
de
Mesa
y
de
las
Comisiones
f.
Distribuir
los
asuntos
que
deben
pasar
a
las
comisiones,
estableciendo
el
plazo
que
deben
ser
rendido
los
informes
pertinentes
g.
Formular
colectivamente
con
el
secretario(
a)
el
orden
del
día
h.
Sancionar
los
acuerdos
municipales,
que
hayan
sido
aprobados
por
insistencia
Artículo
3:
El(la),
Vicepresidente(a),
reemplazará
al
presidente(a),
durante
sus
ausencias
ejerciendo
las
funciones
del
cargo.
Cuando
el
presidente
presente
alguna
propuesta
deberá
separarse
temporalmente
del
cargo
durante
el
debate,
encargado
al(a),
Vicepresidente(a),
de
presidir
la
sesión.
Artículo
4:
El(la)
Secretario(a),
del
Concejo
Municipal
será
escogido
por
los
miembros
del
Concejo
por
un
período
de
cinco
(5),
años
correspondiente
al
periodo
electoral
vigente.
"Por un Municipio más competitivo"
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